¿Impuesto a la plusvalía para la clase media?
En la norma propuesta para gravar la ganancia extraordinaria conviene establecer más rangos y no un único porcentaje del 75% como base imponible para ventas de más de 24 Salarios Básicos Unificados. Es muy probable que la clase media no disponga de información privilegiada y no compre en función de un posible plusvalor derivado de una obra pública, ni anticipe un desarrollo urbano que plusvalore un inmueble. No compra previendo espacio para más hijos ni anticipa cuotas impagables de condominio, fallos ocultos en la construcción o si una nueva vía dañará la calidad de aire de su entorno, condicionantes que lo obliguen a vender su bien incluso a un menor valor al adquirido. El actual Cootad –art. 558- faculta trasladar el impuesto a la plusvalía al comprador -que probablemente no está debidamente informado, y la nueva norma propuesta, lejos de perjudicar a los constructores –como uno de ellos se quejara hace poco- los beneficiaría, al gravar desde el año 2021, o cuando se efectúe la primera transferencia -lo que ocurra primero- los lotes urbanos baldíos que necesitan para sus edificaciones. Sí es posible, según el Art. 300 de la Constitución Política, conseguir mayor equidad.