"¿Igualdad del voto?"
Según el art. 62 de la Constitución, las y los ecuatorianos tenemos derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente.
Y, la publicidad del CNE para la consulta que se difundió por todos los medios, decía que "en democracia, la opinión de todos cuenta".
Mas, un alto funcionario del Gobierno de la revolución ciudadana ha manifestado públicamente que "los votos blancos y nulos no son votos válidos", haciendo referencia a un artículo del Código de la Democracia que supuestamente declara como no válidos a dichos votos.
Al respecto, la propia Constitución dice que las normas constitucionales se interpretarán en el sentido que más favorezca a la plena vigencia de los derechos y que mejor respete la voluntad del constituyente.
Si no, ¿en qué queda la "igualdad ante la ley" del más de un millón de votantes cuya opinión no ha sido tomada en cuenta en la presente consulta?