¡Gratuidad en Colegios militares!

El Acuerdo Ministerial de Fiscalización de colegios militares y Policía determina: Que los establecimientos educativos bajo administración de las tres ramas de las Fuerzas Armadas y la Policía pertenecen al sector público son sujetos a los deberes, derechos, obligaciones y prohibiciones (art. 1); y, que en base al principio constitucional de gratuidad de la educación pública, las instituciones educativas que continuarán regentadas por las tres ramas de las FF.AA. y la Policía Nacional por delegación del Ministerio de Educación no podrán cobrar matrículas, ni pensiones, y proporcionarán sin costo, servicios de carácter social a quienes los necesiten (artículo 3).

¿Cómo puede ser posible que después de 6 años de vigencia de la gratuidad por mandato constitucional, recién en el 2014 se la aplique a los colegios militares y hayan seguido cobrando de manera indebida desde el 2008 hasta el 2013? La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, descentralización, transparencia, etc. Los derechos y garantías establecidas en la Constitución, como es  la educación, son de inmediata aplicación por cualquier servidor público.

Así como el Estado ha asignado USD 3 millones a la Universidad de Guayaquil para el reembolso a los estudiantes que tienen derecho a la gratuidad, debe asignarse los recursos que sean necesarios a los Colegio Militares de las tres ramas de las Fuerzas Armadas y Policía, para la devolución del dinero por cobros de matrículas y pensiones de manera indebida, a los padres desde 2008 hasta 2013. ¿Existe discriminación? 

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