A propósito del artículo publicado el día de ayer “En la noche aún circulan los veloces”, y de la opinión de los expertos en seguridad, y sin dejar de indicar que estoy completamente de acuerdo en que deben existir límites de velocidad para la circulación y que la policía debería controlar durante el día y la noche, me permito hacer unas preguntas que deberían merecer reflexiones de la prensa, autores de la ley y encargados de su cumplimiento.
¿No es verdad que el límite de velocidad en el área urbana, establecido en 50 km/h para vehículos livianos, es muy bajo para ciertas avenidas de la ciudad, como las mencionadas en el reportaje, en las cuales sí se puede circular por ejemplo a 60 km/h sin poner en peligro a nadie?
¿Es justo que se sancione con tres días de prisión a una persona por cometer una infracción de tránsito, como es circular a 61 km/h, y no se pueda sancionar a un delincuente que asalta y roba un monto menor a 400 dólares?
¿No está entre las funciones de la Policía velar por la seguridad ciudadana, además de controlar a los veloces?
¿No se arriesga un conductor a ser asaltado mientras conduce a medianoche, por respetar las normas de tránsito, como detenerse en un semáforo o conducir a baja velocidad?