En referencia al artículo de opinión publicado por el diario EL COMERCIO, el martes 21 de julio de 2015, de autoría del doctor Antonio Rodríguez Vicéns, intitulado: ‘Más sobre el Código de Procesos’, se deben hacer ciertas precisiones con el fin de no confundir a los lectores:
En el artículo citado, se hace referencia a un aumento de exigencias respecto a la práctica de citaciones. Debo manifestar, que a través del Código Orgánico General de Procesos, lo que se procura es garantizar que la pretensión del actor sea conocida por el demandado y de esta forma el demandado pueda hacer ejercicio de su derecho a la defensa.
Erróneamente, el articulista afirma que es necesario que se demuestre documentadamente que “se ha hecho lo imposible para localizar al demandado”, esto es un error, el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos se refiere a que el solicitante, de ser el caso, declare bajo juramento que “es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o el demandado”. En ningún caso se trata de obligar al usuario a perjurar.
Con la normativa prevista en el Código Orgánico General de Procesos se procura dar aviso al demandado y de esta manera garantizar el debido proceso.
Es por esto que, además de los mecanismos tradicionales de citación; es decir, la citación personal, la citación por boleta y la citación por la prensa se ha aumentado la posibilidad de citar a través de mensajes transmitidos en una radiodifusora de la localidad. En este afán de dar aviso al demandado se debe certificar, si el demandado se encuentra dentro o fuera del país.
Como ustedes comprenderán, para una persona que se encuentra fuera del país, ningún aviso por radio o prensa cumpliría con el objetivo de dar a conocer el inicio de un proceso en su contra.
El Consejo de la Judicatura y las instituciones del estado pertinentes, están trabajando para que el usuario pueda obtener estas certificaciones de manera ágil.
Es importante que los artículos de opinión que se publican en su medio, sirvan para guiar y aclarar las dudas de los ciudadanos respecto de la nueva normativa y no para generar confusión.