En las últimas semanas ha sido noticia frecuente la disconformidad de diferentes actores sociales por la ejecución de obras importantes que demanda con urgencia la ciudad de Quito, que han sacado a la luz la permisividad de sus autoridades por la inmediatez que demandan sus intereses políticos lo que atenta contra la necesaria planificación y socialización de los diferentes proyectos.
Me referiré específicamente al cumplimiento de la Ley de Gestión Ambiental que dispone: Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva; Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, el incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad; Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales; estos 2 últimos artículos están reglamentados por el Decreto Ejecutivo 1040 y Acuerdos del Ministerio del Ambiente que es la Autoridad Ambiental Nacional, que a su vez ha acreditado al Consejo Provincial de Pichicha y el Municipio de Quito como autoridades de aplicación responsables que pueden otorgar licencias ambientales. Siendo obvio que el Municipio no puede auto otorgarse licencias, le correspondería tramitarlas ante el Consejo Provincial de Pichincha o ante la Autoridad Nacional, en ese orden de jerarquía.
La Secretaría de Ambiente del Municipio que con su parsimonia burocrática demora años para otorgar una licencia ambiental, debe informar si elaboró los estudios ambientales de los proyectos en construcción como los grandes intercambiadores y de los que se están iniciando: Proyecto Guayasamín, Metro Cables y otros, y que autoridad ambiental y con qué celeridad les otorgó las licencias.
De igual manera las autoridades del Consejo Provincial de Pichincha y del Ministerio del Ambiente no deben guardar silencio y pronunciarse, si otorgaron las licencias demostrando que el Municipio cumplió con todas las instancias dispuestas en la Ley, entre ellas el proceso de socialización exponiendo los resultados de los EIA y recogiendo las inquietudes de la ciudadanía y si no las otorgaron porqué han sido permisivos y no han cumplido su obligación sancionando los incumplimientos, como manda la Ley.Proyectos tan importantes y a la vez complejos como los señalados se vuelven conflictivos y su ejecución mucho más complicada por el manejo erróneo de las autoridades municipales, y por la inacción de las autoridades ambientales responsables de su control y seguimiento.