El art. 273 de la Constitución establece que no habrá transferencia de competencias del Gobierno nacional, sin transferencia de recursos a los gobiernos autónomos descentralizados. En el caso del Municipio de Quito, observamos cómo el Gobierno incumple la Constitución al transferir la competencia de tránsito, sin entregar los recursos físicos con los que el Ministerio y Agencia del ramo prestaban estos servicios a la ciudadanía. No se han transferido los espacios físicos, es decir los edificios, que funcionaban como centros de detención de los contraventores de tránsito, así como también los predios para estacionamiento de los vehículos detenidos o accidentados, tanto al sur, centro y norte de la urbe. Así mismo, ahora, traspasa la competencia para fijar las tarifas de transporte urbano a los municipios, sin transferir los recursos como manda la Constitución. Acaso, para que la tarifa de 25 centavos se mantenga vigente por largos años, ¿el Gobierno no subsidiaba a los transportistas con varias centenas de dólares mensuales? , ¿o no había también un tratamiento preferencial en las exoneraciones de impuestos en la importación de chasises, llantas y repuestos?, ¿y qué decir del subsidio a los combustibles? Si los municipios van a fijar las nuevas tarifas, no sería lógico y constitucional que también manejen estas variables que como recursos las tenía el Gobierno.