La suspensión de la jueza Dávila sabe a violación de la independencia judicial

El presidente del Consejo de la Judicatura transitorio dijo que la suspensión de la jueza Paola Dávila no implica una sanción. Que se basa en la “urgencia y gravedad del caso”, ante la queja expresada por la directora de la Unidad de Análisis Financiero UAF, por lo que se considera (con razón) un delito muy grave.

No obstante, por más odioso que sea el delito, en el curso de un proceso los jueces son libres para argumentar por qué sustituyen la prisión preventiva por otra medida. Amén de que aquella debería ser muy excepcional, el Estado de Derecho exige respetar la presunción de inocencia.

Cuestionar la decisión judicial sin que los sujetos procesales la impugnen conforme a la ley y suspender a la jueza para investigar su posible “error”, transmite la peligrosa idea de que el Consejo de la Judicatura transitorio vulnera la independencia judicial interna, práctica de la que se acusó a su antecesor, por más que no haya sido su intención.

Los vocales Albán y Porras han expresado su desacuerdo con la decisión del presidente Merlo. Actúan con sindéresis, porque en la reunión que mantuvo el Consejo el 19 de junio en la PUCE con el foro de Pichincha (en la que estuvo el Dr. Merlo), dijeron que no iban a adoptarse estas medidas mientras dure su encargo. La sociedad demanda la certeza de que no se reeditarán las viejas prácticas. O bien, que al menos, se revele claramente por qué se las adopta y si implican o no una sanción. Así las cosas, el comunicado del Dr. Merlo sabe más a disculpa que a explicación.  

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