Contubernio

Es un convenio secreto entre personas para cometer alguna fechoría. El señor Diego Delgado Jara denuncia que en forma premeditada a partir del 2014, el gobierno estableció que para poder seguir un juicio por peculado o enriquecimiento ilícito debe haber en forma previa el visto bueno de la Contraloría General del Estado. Lo dice el numeral tercero del artículo 581 del COIP. El Contralor es elegido por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, artículo 208 numerales 10 a 12 y publicado en el Registro Oficial 180 del 10 de febrero de 2014.

Posteriormente el 3 de diciembre de 2015 la Asamblea Nacional mutiló atribuciones de la propia Contraloría para que no se exija la consecución y cumplimiento de los objetivos de las instituciones del Estado. Amparado en esto el Contralor jamás objetó sobreprecios de la Refinería de Esmeraldas de USD 187 a USD 2 369 millones, proyecto Chorrillo-Monteverde de USD 93 a USD 600 millones, proyecto multipropósito BABA de USD 285 a USD 500 millones y proyecto Toachi- Pilatón de USD 366 a USD 580 millones. No hay que olvidar que entre las obligaciones del Contralor esta: Brindar información financiera, establecer políticas y sistemas contables y mantener el control de costos. Desde Miami podrá decir: “No sé, yo cumplí con lo que dice la Constitución”…¿a mí que me rebusquen?  

Suplementos digitales