Tema jurídico imperativo para una reforma integral del código penal, que es labor legislativa eficiente y efectiva para actualizar los sistemas penal y penitenciario. Hay juristas y legisladores que, sin fundamentos jurídicos reales, no aceptan que la “acumulación de penas” se incorpore al Código. Argumento trillado es que “este mecanismo no evitará la consumación de más infracciones”. Francesco Carnelutti reflexiona: “La experiencia es que la pena se considera un remedio contra el delito; pero es una experiencia que espera todavía un análisis severo”. Leopoldo Zimmerl parte del supuesto de que “el grado (cantidad) de la pena depende siempre, de la gravedad de lo injusto objetivo del hecho o de la culpabilidad subjetiva del autor…”.
En estricta justicia, a cada delito corresponde una pena, porque es lo objetivo y lo equitativo. No se hace justicia, si a quien asesinó a 10 personas se le imponga solo una pena. Lo justo es acumularle las 10 penas.