La Ley de Comunicación es uno de los cuatro articulados en los que, como se explica hoy en la sección Política de este Diario, la Asamblea ha cometido descuidos de procedimiento legislativo, cuyas consecuencias han sido adversas. Específicamente, no se reformó el artículo 5 que define a la comunicación como un servicio y no un derecho, por lo que hasta ahora sigue ahí, incólume, ideado desde el correísmo para que el poder coarte la libertad del ciudadano para informarse.
El 18 de diciembre del 2018, la Asamblea votó en segundo debate los cambios a la Ley. A pesar de todos los debates, se mantuvo a la Comunicación como un servicio y no como un derecho. El presidente de la comisión Legislativa de los Derechos Colectivos, Jorge Corozo (AP), dijo sobre ese error: “a lo mejor se omitió, pero de todas maneras el veto presidencial tiene que darse cuenta de ese detalle”.
Así fue. El Ejecutivo envió su veto con los cambios a la Ley. Pero hizo un proyecto aparte para cambiar específicamente el tema de la comunicación como derecho. Es decir, subsanar ese error de esa comisión le ha costado a la sociedad tener una ley que no se ciñe a los lineamientos constitucionales, ya que la propia Corte Constitucional había dejado en claro el 1 de agosto del 2018 que la comunicación no es un servicio, como planteaba de forma maniquea el correísmo durante su dominio político.
De hecho, es un error que aún no se repara. El 21 de junio del año pasado se realizó el primer debate en el Pleno y hasta ahora no se convoca para el segundo debate. Discusión de un solo artículo que en 16 días más cumplirá un año de haber sido entregado desde Carondelet a la Asamblea. La Comisión de los Derechos Colectivos ha informado que se hará el informe final en el primer trimestre del año… lo que signifique aquello en el imaginario parlamentario ecuatoriano.
Este pasaje de la historia parlamentaria del país solo muestra que de la omisión a la inercia hay un solo paso. Otra perla de la Asamblea.