Los artículos migrantes
Parecía que se iba a desvanecer el revuelo dentro del Parlamento por el veto total que envió el 12 de septiembre pasado el Presidente, Lenín Moreno, a la Asamblea en la Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción, que obliga al Legislativo a esperar un año para volver a debatir esta normativa, pero esto más bien tuvo un efecto secundario.
Esta Ley Contra la Corrupción fue votada con una amplia mayoría (107 votos). De ahí que se la haya visto como una iniciativa genuina de la Legislatura en la que hubo consensos. Pero con el veto presidencial, no se la pudo aplicar.
Sin embargo, a pesar de que el Ejecutivo presentó una nueva ley, está muy claro que los legisladores no están de acuerdo en dejar las propuestas más representativas de su normativa y las pusieron en las reformas al Código Integral Penal (COIP).
La trascendencia mediática de las reformas al COIP ha estado centradas más bien en el debate de la posibilidad de permitir el aborto en casos de violación. Sin embargo, como lo publicó este Diario el pasado Domingo, algunas de las propuestas de la Ley Contra la Corrupción han ‘migrado’ a la nueva versión del COIP son el comiso sin condena, comiso contra terceros y comiso ampliado, para quitar la propiedad de los bienes que son producto de actos de corrupción que no es posible recuperarlos porque constan a nombre de testaferros.
¿Qué implica esa ‘migración’? En el artículo 69 numeral 2 del COIP se incluirán estas directrices para que se incauten bienes en casos de corrupción sin necesidad de esperar una condena en delitos como lavado de activos, concusión y delincuencia organizada.
De ser así, y si se apruebe esto en segundo debate ¿la Legislatura pone en riesgo un nuevo veto parcial por parte del Ejecutivo? ¿O incluso se expone un nuevo veto total? No cabe duda de que la gobernabilidad implica consensos y, en el caso de la Asamblea y el Ejecutivo, una mínima agenda para no caer en estos lamentables juegos de toma y daca.