Luego de ser madres hay más dificultades para volver a trabajar

Diana Altamirano, madre de tres hijos, ha tenido dificultades para conseguir un empleo que le permita cuidar a sus niños. Foto: Andrés Jaramillo / EL COMERCIO

Diana Altamirano, madre de tres hijos, ha tenido dificultades para conseguir un empleo que le permita cuidar a sus niños. Foto: Andrés Jaramillo / EL COMERCIO

Diana Altamirano, madre de tres hijos, ha tenido dificultades para conseguir un empleo que le permita cuidar a sus niños. Foto: Andrés Jaramillo / EL COMERCIO

Con la llegada de su bebé, Diana Altamirano tuvo que dejar su trabajo en el Ministerio del Ambiente. La distancia, de su casa al trabajo, sumada a los horarios y viajes constantes, impidieron que volviera a laborar. “Las guarderías son una opción, pero a las 17:00 se debe retirar a los niños y ahora los trabajos no son de ocho horas, sino de más”.

Pensó retomar más adelante su actividad profesional, como ingeniera ambiental. Pero luego vinieron sus otros dos hijos y el trabajo siguió aplazándose. Ahora, realiza consultorías de forma independiente desde su domicilio para obtener ingresos. “Voy a esperar a que la bebé -ahora de 8 meses- cumpla 1 año para conseguir un trabajo a tiempo completo, pues los gastos son cada vez más fuertes”.

Ella dice que no es tan fácil combinar la maternidad con lo laboral. Cuando los niños se enferman, cuando hay reuniones escolares, cuando nadie puede cuidarlos, las madres deben ausentarse de sus trabajos para atender a los pequeños.

Esto no siempre es comprendido por los empleadores, como señala Rosa Benítez, quien se vio obligada a renunciar a su trabajo como empleada doméstica en una casa en el sector de El Batán, en Quito.

Durante su embarazo no tuvo mayores problemas; pero, una vez que nació su pequeño, las cosas cambiaron. “Me pedían que haga, en un día, el trabajo que antes hacía en dos. Yo llegaba muy cansada a casa y decidí renunciar. No podía con todo”, recuerda.
  
Intentó conseguir otro empleo de forma inmediata pero le resultó imposible. “Con un niñito en brazos nadie te da trabajo. Piensan que le vas a traer y vas a estar pendiente de él y no a trabajar”. Benítez finalmente desistió. Tuvo que salir de su departamento para volver a vivir con su madre, pues no le alcanzaba para pagar arriendo.

Jorge Duque, abogado del Consultorio Jurídico de la Universidad Metropolitana, asesora a madres que han pasado por situaciones similares. Coincide en que hay empleadores que buscan desanimar a las personas. Por ejemplo, “les imponen objetivos imposibles de cumplir y así obligan al trabajador a renunciar”.

A pesar de que el Estado garantiza la estabilidad laboral de las mujeres embarazadas y que han dado a luz recientemente, en la práctica esto no siempre sucede, añade Duque. Incluso en su estudio se han registrado casos de despidos a embarazadas, pese a que esto está prohibido por la Ley.

Cuando María Fernanda Guamangate supo que estaba embarazada, en enero pasado, la relación con el encargado del taller de carpintería donde trabajaba cambió. “Mi empleador me manifestó que descanse nomás y que ya no vaya a trabajar pues en mi estado de embarazo eso es lo mejor”, indicó Guamangate en la demanda que interpuso a Néstor R., su exempleador.

En el 2014 se registraron 145 casos de mujeres embarazadas que fueron despedidas de forma intempestiva y en lo que va del 2015 se han contabilizado 28 casos, según el Ministerio de Trabajo. Pero se teme que las cifras sean mucho mayores pues hasta antes de octubre del 2014, no existía en los sistemas y bases de datos esta causal de terminación de contrato.

Las trabajadoras que han sido afectadas pueden emprender una acción judicial ante un juez de lo laboral y pedir que sean reintegradas a sus actividades. La otra opción es asegurar que la mujer reciba la indemnización correspondiente y así lo hizo Guamangate. “Esto ya estaba en el Código del Trabajo. El beneficio que ahora plantea la Ley Orgánica para la Justicia Laboral es la declaratoria de ineficaz”, asegura Paúl Jimbo, abogado defensor de la trabajadora. Esto significa que el despido no tiene validez ante la Ley, por lo tanto, el empleador que no reintegre a la mujer a sus funciones debe ser sancionado.

Jimbo indica que su representada estaba exigiendo los valores de los meses de trabajo, utilidades, décimos e indemnizaciones por despido intempestivo. Pero la juez finalmente no concedió este último rubro en la sentencia.

“Nosotros -cuenta el abogado- lastimosamente teníamos un solo testigo y a veces se valora la prueba más por su número que por su valía”. Según él, el obstáculo mayor es la dificultad de conseguir pruebas. Por esta razón recomienda documentar todas las comunicaciones entre empleadores y trabajadoras para ser respaldadas por la Ley.

En contexto
Los empleadores que despidan a mujeres embarazadas deben pagar una indemnización correspondiente a un año de salario. Además tienen derecho al pago de la liquidación que percibe cualquier trabajador cuando cesa sus funciones incluidos décimos y vacaciones.

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