En referencia a la publicación de 18 de marzo del 2019 de este diario, que titula “Contratos laborales, en agenda con el FMI”; debo indicar que nuestra legislación laboral tuvo un retroceso en lo referente a la eliminación de contratos, como el contrato a plazo fijo que tenía una duración de un año, prorrogable a dos años.
En donde tanto empresarios, como abogados teníamos la posibilidad de medir el rendimiento laboral de quien opta por un nuevo trabajo. Dicha eliminación quiso ser remplazada y compensada por contratos del giro del negocio, pero que fue limitada a ciertas actividades. Situaciones jurídicas que nos llevan a que contratar a una persona, implique que en apenas 90 días, se pueda medir su rendimiento. Expertos en el área de talento humano señalan que es insuficiente estos días para poder medir el beneficio del trabajador para el empresario. Si queremos integrarnos a este mundo globalizado, es importante que las autoridades realice un exhaustivo estudio de derecho comparado, para aplicar tendencias laborales que están siendo eficientes y eficaces en otras sociedades similares a la ecuatoriana; y, así organismos como el FMI tendrán más confianza en nuestra legislación que brinde una verdadera seguridad jurídica.