Imagen referencial. El hombre causó graves lesiones por quemaduras a su pareja. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
El juez de Violencia contra la Mujer y la Familia, Kennet Martínez, dictó la sentencia máxima de un año y cuatro meses de prisión para Daniel Leonardo M. P., por ocasionar graves lesiones de quemaduras a su pareja. La audiencia de procedimiento directo se realizó el martes 4 de febrero del 2020, en la Unidad Judicial Valdivia, en Guayaquil.
El hecho de violencia familiar ocurrió durante la madrugada del 25 de enero de 2020, al interior de la vivienda que ambos compartían en Bastión Popular, en el noreste del Puerto Principal, informó la Fiscalía este miércoles 5 de febrero.
Según la investigación de la Fiscalía, durante la madrugada del 25 de enero, el ahora sentenciado “se levantó para realizar sus actividades diarias y tras hablar brevemente con su pareja, cruzó ofensas verbales contra ella. Luego fue a la cocina, donde recogió agua hirviendo en un recipiente y lanzó a la mujer que se encontraba aún en la cama. La agresión produjo lesiones por quemaduras en rostro y cuerpo, ocasionando incapacidad a la víctima de 15 a 20 días”.
El agresor fue detenido por vecinos del lugar que prestaron auxilio a la mujer. Los moradores entregaron el sospechoso a las autoridades policiales.
La fiscal Patricia Morán, en la audiencia de procedimiento directo de este martes 4 de febrero, “presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales del hecho, que demostraron la participación directa del procesado, Daniel Leonardo M. P., quien se acogió al derecho del silencio” durante la diligencia judicial, dijo el Ministerio Público.
Entre las evidencias expuestas por Morán constaron los reconocimientos médicos y psicológicos practicados a la víctima; los informes de entorno social, de reconocimiento del lugar de los hechos y los elaborados por el Departamento de Violencia Intrafamiliar (Devif) de la Policía Nacional. Además del parte de detención del agresor y la denuncia de la víctima.
La Fiscalía también contó con el testimonio de siete personas, entre agentes investigadores, aprehensores, médicos peritos, de trabajo social y la versión de la afectada. Tras presentar esos elementos, Morán solicitó la pena máxima en este tipo de delito.
El juez Martínez aceptó el pedido de la Fiscal y dispuso también el pago de una multa de tres salarios básicos unificados (USD 1 200) y el tratamiento médico y psicológico para la víctima. También emitió medidas de protección a favor de la mujer, como prohibir al sentenciado acercarse a la afectada y realizar actos de intimidación, su inmediata salida del hogar, y le otorgó una boleta de auxilio que incluye a su núcleo familiar.
En el artículo 156 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se establecen sanciones al delito de violencia física contra la mujer o miembros del grupo familiar, con pena privativa de libertad de dos meses a un año.
En ese caso “se consideraron las agravantes indicadas en el artículo 48, numerales 5 y 9, de este mismo cuerpo legal, que aumentan en un tercio la pena impuesta”, señaló la Fiscalía.