Moreno reforma reglamento de Ley de Turismo para diferir el pago de la contribución del uno por mil

El presidente Moreno firmó el Decreto Ejecutivo 1116 que reforma el artículo 78 del reglamento de Ley de Turismo para diferir el pago de la contribución del uno por mil. Foto: Flickr/ Presidencia de la República del Ecuador.

El presidente Moreno firmó el Decreto Ejecutivo 1116 que reforma el artículo 78 del reglamento de Ley de Turismo para diferir el pago de la contribución del uno por mil. Foto: Flickr/ Presidencia de la República del Ecuador.

El presidente Moreno firmó el Decreto Ejecutivo 1116 que reforma el artículo 78 del reglamento de Ley de Turismo para diferir el pago de la contribución del uno por mil. Foto: Flickr/ Presidencia de la República del Ecuador.

El presidente de la República, Lenín Moreno, dispuso una reforma al Reglamento General a la Ley de Turismo, a través del Decreto Ejecutivo 1116, suscrito el 3 de agosto del 2020.

A través de ese instrumento, se reformó el artículo 78 del reglamento, referente a la contribución del uno por mil sobre los activos fijos que pagan los establecimientos prestadores de servicios turísticos. De esta manera, se viabiliza el diferimiento del pago de ese tributo.

Según las consideraciones del Decreto, era necesario adecuar el Reglamento, en razón de las últimas reformas legales y, “regular el cumplimiento de las obligaciones tributarias y deberes formales de los contribuyentes del sector turístico, quienes se han visto imposibilitados de realizar su actividad económica al depender de la movilización de turistas hacia y dentro de país”, como consecuencia de la pandemia del coronavirus.

Como parte de las reformas, se establece que previa la obtención del registro de turismo las personas naturales o jurídicas deberán pagar los valores correspondientes que se establecen en el reglamento de la Ley de Turismo.

En la disposición transitoria, se advierte que el pago de la contribución del uno por mil sobre el valor de los activos fijos por parte de los prestadores de servicios turísticos que corresponde al 2020, podrá efectuarse sin intereses ni multas, hasta el 31 de diciembre de 2021.

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