¿Perdió su trabajo y no puede pagar la pensión alimenticia? La justicia prevé tres vías para padres y madres

La legislación ecuatoriana prevé tres vías de solución en caso de que un alimentante no pueda cumplir con la pensión. Foto: Archivo/ Julio Estrella/ EL COMERCIO.

La legislación ecuatoriana prevé tres vías de solución en caso de que un alimentante no pueda cumplir con la pensión. Foto: Archivo/ Julio Estrella/ EL COMERCIO.

La legislación ecuatoriana prevé tres vías de solución en caso de que un alimentante no pueda cumplir con la pensión. Foto: Archivo/ Julio Estrella/ EL COMERCIO.

Francisco Villegas tiene 38 años y una hija menor de edad. El 30 de junio pasado fue despedido de su trabajo, en un colegio de Quito.

Su primera preocupación, cuenta, fue su niña. ¿Cómo pagaré sus alimentos? ¿Me puedo ir a la cárcel si no cancelo? ¿Puedo llegar a un acuerdo con la madre? Optó por consultar con un abogado.

El experto en litigios en materia de Familia, Alejandro Sarzosa Larrea, recibe a diarios estas preguntas.

Indica que la legislación ecuatoriana prevé tres vías de solución en caso de que un alimentante no pueda cumplir con la pensión asignada.

Primera vía: Presentar una demanda de rebaja de alimentos

Este proceso se debe realizar únicamente si es que un juez dictó anteriormente una sentencia y fijó un monto económico para el menor.

En ese caso, Sarzosa recomienda que este pedido se inicie inmediatamente después de que la persona ha perdido el trabajo.

¿Cuáles son los pasos?

1. El padre o madre que debe pagar los alimentos debe ingresar a la página web del Consejo de la Judicatura. Allí encontrará el formulario de rebaja de alimentos. Debe descargar el archivo y llenarlo.

2. Se debe adjuntar al formulario un documento que acredite la desvinculación. Puede ser un acta de finiquito, el aviso de salida del IESS o la carta del exempleador en donde se explique lo sucedido.

3. Estos documentos deben ser presentados en la misma unidad judicial en donde el juez fijó la pensión alimenticia. Los documentos se ingresarán con el mismo número de juicio.

4. Se debe esperar que un juez convoque a una audiencia para revisar el monto de las pensiones. El tiempo de espera actualmente es de 30 a 45 días.

5. La audiencia se realizará vía telemática. El juez evaluará los argumentos de quien solicita la reducción y tomará una decisión.

El juez nunca va a fijar la pensión para el menor en cero. “Por más que haya perdido mi trabajo no puedo dejar de cumplir la obligación de pagar los alimentos del niño. Por eso, el juez puede fijar una pensión mínima que puede ser del 28% de un salario básico unificado, dependiendo de otros factores”, explica Sarzosa.

Entre esos factores, la autoridad puede analizar el número de hijos o si alguno tiene una discapacidad, etc.

Segunda vía: ¿Qué pasa si el monto mínimo de pensión no es suficiente para cubrir las necesidades el menor?

Por ejemplo, si su hijo necesita USD 200 al mes y el juez rebajó el monto de su manutención a USD 60, la diferencia se puede obtener a través de los "obligados subsidiarios".

Ellos son los abuelos, hermanos mayores de 21 años y tíos del menor, que según el Código de la Niñez, tienen la obligación de precautelar el derecho a la vida, a la supervivencia y a la dignidad del niño.

“Es muy difícil la situación económica en este momento. Hay casos en los que ambos padres han perdido el trabajo, pero hay un niño de por medio que necesita educación, alimentarse o que tiene una necesidad especial de salud o una discapacidad. En esos casos se puede presentar este tipo de demandas”, indica Sarzosa.

¿Cuáles son los pasos?

1. El padre o madre que está a cargo del cuidado del niño o adolescente debe descargar el formulario de demanda contra los obligados subsidiarios en la web del Consejo de la Judicatura.

2. Una vez llenado el formulario, se debe adjuntar las dos sentencias del juez en donde se señala el valor original de la pensión y el fallo sobre la rebaja.

3. Se debe reunir los documentos que acrediten las necesidades de alimentación, educación y salud del infante. Si, por ejemplo, ya no le alcanza para pagar la pensión de la escuela se solicita un certificado a la unidad educativa o se presenta la factura.

4. Hay que incluir las partidas de nacimiento que demuestren el vínculo de consanguinidad entre el niño y sus abuelos, hermanos mayores de 21 años y tíos.

5. Espere la audiencia.

6. En esta diligencia, el juez tomará una decisión.

Tercera vía: ¿Qué pasa si la pensión fue fijada por mutuo acuerdo?

Ese tipo de transacciones se llaman extrajudiciales y son de carácter privado. Ocurre cuando los padres no quieren someter su litigio ante un juez, sino que prefieren llegar a un acuerdo a través de un mediador.

¿Cuál es el trámite?

1. Buscar un Centro de Mediación acreditado por el Consejo de la Judicatura y, de preferencia, que se enfoque en derecho de familia.

2. Se presenta la solicitud de mediación ante el centro. ¿Dónde se encuentra el formato? En las páginas web de los centros, por ejemplo, en el Colegio de Abogados de Pichincha, en las universidades, cámaras de comercio, etc.

2. Debe cancelar la tasa de mediación, que suele ser de USD 5 a 25.

3. Esperar la audiencia. Tiempo: tres a cinco días, en promedio.

4. Se realiza la reunión vía telemática. Si hay acuerdo se elabora un acta y las dos partes fijarán un monto accesible para una persona que no tiene trabajo.

5. En el acta de mediación, los padres son libres de acordar los pagos flexibles. Por ejemplo, se puede fijar un monto cuando el alimentante está sin trabajo y otro cuando haya recuperado la estabilidad laboral. De esta forma no se necesita volver a tratar el tema de nuevo.

Sea cual fuere el camino que escoja, Sarzosa recomienda que el trámite se lo haga lo antes posible después de la desvinculación laboral.

Si se escoge la vía de la mediación, recuerde que el acta tiene el mismo valor que una sentencia y si la persona no cumple con los pagos se puede llevar ese documento ante un juez para ordenar la liquidación de la deuda.

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