El dictamen 5-20-EE/20A de la Corte fue emitido la tarde de este viernes, 4 de septiembre del 2020. Foto: Archivo EL COMERCIO
La Corte Constitucional (CC) se pronunció a favor de la recaudación anticipada de impuestos. Con nueve votos a favor, es decir de forma unánime, el Pleno del organismo declaró constitucional el decreto ejecutivo 1137, con el que el Gobierno dispuso la medida.
El dictamen 5-20-EE/20A de la Corte fue emitido la tarde de este viernes, 4 de septiembre del 2020. En el texto se dispone además que en el término de 30 días a partir de que fenezca el estado de excepción, el Gobierno deberá informar al ente sobre el monto recaudado por la aplicación del decreto.
De esta manera, el fisco tiene vía libre para cobrar por adelantado alrededor de USD 300 millones a un total de 1 068 grandes contribuyentes, por concepto del impuesto a la renta que se genere en este año y que normalmente se pagaría en el 2021.
Los afectados pertenecen a un grupo de personas naturales y sociedades que en el 2019 tuvieron ingresos brutos por más de USD 5 millones, y que durante enero y julio del 2020 registraron utilidad contable. Hay sectores excluidos como micro, pequeñas y medianas empresas, contribuyentes de Galápagos, exportadores de bienes, sector de turismo, entre otros.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) recaudará los recursos hasta el 11 de septiembre, dos días antes que venza el estado de excepción.
El Estado destinará los fondos a atender obligaciones pendientes de pago, y requerimientos adicionales, relacionados con el sector de la salud, a propósito de la emergencia sanitaria por la pandemia. Entre las deudas que se pagarán constan transferencias a Solca, Cruz Roja, Junta de Beneficencia de Guayaquil, compra de medicina e insumos, y más rubros.
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