Hombre violó a su compañera de trabajo en un conjunto habitacional en Quito; fue sentenciado a 19 años de cárcel
Imagen referencial. La mujer acudió al llamado insistente de su compañero, para evitar un escándalo con los vecinos del conjunto residencial. En el lugar, la víctima fue violada por el agresor. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
Luis Guillermo T. C. fue a buscar a su compañera de trabajo con insistencia y cuando logró que ella se le acercara, violó a la mujer en el parqueadero del conjunto residencial donde ella residía, ubicado en Calderón, en el norte de Quito.
La Fiscalía informó el jueves 4 de marzo del 2021 que luego de perpetrar el ataque sexual, el procesado se dio a la fuga.
Los hechos, que se registraron la madrugada del 28 de octubre del 2017, se dieron a conocer durante la audiencia de apelación, en donde el fiscal especializado en Violencia de Género, Galeano Balcázar, expuso el caso ante la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
Según el Ministerio Público, "el hoy sentenciado fue a buscar a la mujer de manera insistente. Dado que la víctima conocía a Luis Guillermo T. C. –y con el objetivo de evitar un posible escándalo con los vecinos– fue al encuentro de su compañero de trabajo, en el parqueadero del sitio", en donde el agresor la violó.
El Fiscal Balcázar presentó como evidencias de la acusación contra Luis T. al menos 10 pruebas testimoniales, entre las cuales estaban la reproducción de los testimonios de la víctima, de peritos y demás testigos, "que demostraron la materialidad de la infracción y responsabilidad del procesado en el hecho", señala el comunicado de Fiscalía.
Luego de valorar las pruebas, los jueces de la Sala Penal revocaron el fallo de primera instancia que absolvió a Luis T. y emitió una sentencia de 19 años de cárcel.
Los magistrados también ordenaron que el sentenciado debe pagar una reparación integral de USD 3 000 y terapias psicológicas a favor de la víctima.
La violación es un delito en Ecuador que se sanciona según el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La normativa señala que "es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo".
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