César Robalino de la ABPE interviene en el foro organizado por el Colegio de Economistas. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO
El Código Monetario, aprobado el jueves (24 de julio de 2014) en la Asamblea, dio paso a la creación de una Junta que, entre sus múltiples poderes, regulará la liquidez de la economía, lo cual incluye los depósitos bancarios.
El Código aprobado mantuvo el espíritu del proyecto enviado por el Ejecutivo, que controlará de manera absoluta el nuevo órgano de control.
Las autoridades económicas aseguran que mantendrán una regulación técnica, pero que orientarán los excedentes de liquidez hacia actividades productivas a escala nacional.
“El reto de una economía dolarizada es manejar eficiente y proactivamente la liquidez y el ahorro nacional y eso, sí, son los recursos de los depositantes”, dijo el miércoles pasado el director bancario del Banco Central, Patricio Chanabá, quien es parte del equipo que diseño el proyecto de Código.
En un foro realizado por el Colegio de Economistas de Pichincha, Chanabá señaló que hay excedentes de liquidez que están ociosos y que podrían dinamizar el aparato productivo.
Para ello, la Junta dispondrá de instrumentos para orientar el crédito hacia la inversión doméstica. Eso sí, insistió en que no se determinará a qué persona se dará o no un préstamo en el país. Eso lo corrobora el titular del BCE, Diego Martínez.
Los representantes del sistema financiero creen que eso pone en riesgo a las instituciones y a su patrimonio.
Para César Robalino, presidente de la Asociación de Bancos Privados (ABPE), la principal preocupación es que, al colocar recursos a largo plazo como busca el Régimen, la banca no disponga de liquidez para afrontar problemas como un retiro masivo de depósitos.
Obligar a los bancos a colocar a largo plazo es “como si mañana yo censurara a alguien por tener liquidez en su casa o en una cuenta corriente y no la deposita a plazos. Yo no puedo censurarlos”, manifestó.
Pero Chanabá insistió en que no se tocarán los recursos de los depositantes, “sin haber efectuado un análisis de las necesidades de riesgo de liquidez individual y sistémica”.
Añadió que los instrumentos planteados por el Código para el manejo de la liquidez son eminentemente técnicos.
Además de este tema, el Código plantea otras disposiciones relacionadas con el usuario del sistema financiero y de seguros. Uno de ellos es la moneda electrónica.
Tras el paso del proyecto por la Asamblea, el texto del Ejecutivo sufrió modificaciones, por ejemplo, se fijó una contribución que deberá pagar quien acceda a un préstamo para financiar la atención integral del cáncer. En cuanto a beneficios se amplió el seguro de depósitos para los clientes de las cooperativas y de las aseguradoras, entre otros.
Recargo del 0,5% para los créditos
Todas las personas que obtengan préstamos pagarán una tarifa del 0,5% del monto de la operación, para financiar la atención integral del cáncer.
Así lo señala la disposición general decimacuarta del proyecto aprobado por la mayoría oficialista de Alianza País.
Oswaldo Larriva, titular de la Comisión de Régimen Económico, dijo que esto aplica para todo tipo de créditos, como los obtenidos para vehículos, para la adquisición de vivienda, para compras con tarjeta de crédito, etc. Por ejemplo, en un crédito de USD 10 000 la contribución equivale a USD 50.
La tarifa se podrá reducir, vía Decreto Ejecutivo, hasta el 0,01% para ciertos casos, por pedido de la Junta que controlará el sistema financiero.
El Ejecutivo aún debe vetar o allanarse a esta propuesta.
Dinero que no se movilice, al Fisco
La disposición general sexta señala que el dinero que permanezca inmovilizado en una cuenta de una entidad financiera y no sea reclamado por más de cinco años cuando el monto sea de hasta USD 85, o por más de 10 años cuando supere ese monto, será transferido al Fisco. Pero, con excepción de los pasivos inmovilizados por disposición legal o judicial, debidamente notificadas a la entidad financiera.
Los pasivos inmovilizados se liquidarán en enero de cada año. Toda entidad financiera deberá presentar en enero de cada año un informe al organismo de control respecto de la existencia de cualquier valor, dividendo o saldo no reclamado perteneciente a terceros, que hubiere permanecido inmovilizado como pasivo a su cargo por cinco o 10 años.
La licitud de fondos se debe probar
El Ejecutivo planteó en el proyecto original, que cuando una entidad financiera quiebre, sin perjuicio de la prelación de pago establecida en el Código Monetario y Financiero, las personas naturales o jurídicas con acreencias por sobre los valores que determine la Junta de Regulación deberán probar que sus depósitos son lícitos.
Sin embargo, la Asamblea modificó este punto y estableció que el liquidador de forma motivada podrá solicitar a las personas que posean acreencias por sobre el valor que determine la Junta, justificaciones adicionales sobre el origen de dichos recursos.
Con ello, según el argumento legislativo, se avala la presunción de inocencia de las personas que está garantizada en la Constitución. Este asunto está bajo análisis del Ejecutivo.
Seguro para cliente de cooperativa
El seguro de depósitos que actualmente solo cubre a los clientes de las entidades financieras, también cubrirá a los clientes del sector popular y solidario, al cual pertenecen las cooperativas de ahorro y crédito, según establece la sección 15 del Código Monetario aprobado por la Asamblea.
Si un banco quiebra, el seguro devolverá valores de hasta USD 32 000. En el caso de las entidades populares y solidarias se protegerán USD 11 000.
El monto a pagar por el seguro no podrá superar el total de patrimonio del respectivo fideicomiso, donde se encuentran los dineros del seguro.
El planteamiento fue iniciativa del Ejecutivo y la Asamblea lo aceptó. Las entidades de los sectores popular y solidario están obligadas contribuir y aportar al Seguro de Depósitos.
Cliente de aseguradora, con seguro
La Asamblea Nacional propuso crear un Fondo de Seguros Privados para los clientes de las aseguradoras. Este serviría para cubrir los siniestros no pagados, cuando quiebre una aseguradora.
Los montos que perciban los clientes será establecido por la Junta de Regulación, encargada del control del sistema financiero, de valores y de seguros, que también se crea con el Código Monetario.
El planteamiento fue iniciativa de la Asamblea, pero el Ejecutivo aún puede vetar o allanarse a la propuesta.
Los fondos se obtendrán de la contribución del 3,5% sobre el valor de las primas netas de seguros directos, las que podrán aumentarse hasta el 5%.
Las empresas de seguros actuarán como agentes de retención de esta contribución.
Respaldo de la moneda electrónica
La moneda electrónica será un medio de pago que utilizará el celular para la compra de bienes en autoservicios, farmacias, supermercados, etc.
El respaldo será en dólares; es decir, si una persona tiene
USD 1 podrá cambiarlo por su igual en electrónico. Las transacciones tendrán un costo para los clientes, que está por definirse. El Banco Central se hará cargo del sistema.
La Asamblea incluyó que la moneda electrónica debe estar respaldada. El proyecto original establecía que esta “será puesta en circulación privativamente por el BCE”, con base en las políticas que expida la Junta. La Asamblea agregó la frase: “respaldada con los activos líquidos” del Central. Con ello, según la Asamblea, se elimina el riesgo de hacer emisión inorgánica de moneda.
En contexto
Luego de que el proyecto se aprobó en el Legislativo, el Ejecutivo tiene 10 días para vetar o allanarse al texto. El documento fue remitido como económico urgente al Legislativo.