El pedido se concretó en la sede regional de la Contraloría General del Estado, en el norte de Guayaquil. La petición la entregó el exasambleísta Jorge Escala. Foto: Cortesía Jorge Escala
El movimiento Unidad Popular (UP) solicitó este 10 de octubre del 2017 se disponga un examen especial a los gastos de la Vicepresidencia. También que se suspenda la remuneración mensual (USD 6 011) del Segundo Mandatario, Jorge Glas Espinel.
Estos pedidos se concretaron en la sede regional de la Contraloría General del Estado, en el norte de Guayaquil. La petición la entregó el exasambleísta Jorge Escala.
El comentó que es necesario que la Contraloría determine si el uso de los dineros de la Vicepresidencia y de quien estuvo al frente de la misma ha sido correcta. “Se debe verificar si los recursos fueron bien administrados, para el pago de los sueldos a quien sin licencia, sin funciones y reemplazado temporalmente tienen derecho al mismo”.
Según Alonso López, dirigente de UP, se debe suspender el salario de Glas porque desde el 3 de agosto pasado le fueron retiradas sus funciones. Y desde el 2 de octubre tiene prisión preventiva por orden judicial.
“Y ahora el presidente Lenín Moreno procedió a encargar la vicepresidencia a María Vicuña, frente a la inhabilitación e incapacidad del ingeniero Glas por estar encarcelado”.
López, dijo, que este pedido tiene ya un antecedente. En esa línea explicó que un informe de la Contraloría determinó el 15 de julio del 2017 que es un imperativo la suspensión de las remuneraciones a la exasambleísta Esperanza Galván, quien se encontraba detenida en Esmeraldas por el delito de cohecho.
“La misma, que; siendo que no tenía sentencia ejecutoriada; no estaba asistiendo al pleno, a las comisiones permanentes y al desempeño de sus actividades como servidor publico”, refirió.
Además López dijo que la Constitución establece que los dignatarios están considerados como servidores públicos, por lo cual el Art. 53 de la Ley Orgánica de la Contraloría “estipula como pago indebido a cualquier desembolso que se haga sin fundamento legal o que sin que el beneficiario hubiese prestado el servicio, o lo hubiese cumplido parcialmente”.