Redacción Política
política@elcomercio.com
De las 17 atribuciones que tendría el Consejo Nacional de Comunicación e Información (CNCI) propuesto por Rolando Panchana (País), 10 tienen relación con el control. Por ejemplo, llevar un registro de los medios que ejercen la comunicación e información en el país. Eso está en el artículo 44, literal b.
La siguiente habla sobre establecer las políticas de los medios, sobre el cumplimiento de sus códigos éticos y de la responsabilidad social. El Consejo, conformado por ocho integrantes, propondrá pautas sobre la ética de medios públicos, privados y comunitarios, aunque para los públicos habrá una ley especial. Auditar el tiraje o la sintonía es parte de sus funciones.
Todo se hará sin la presencia de los medios de comunicación, pues el órgano estará integrado por un representante del Presidente de la República, quien lo presidirá; las facultades de Comunicación, los comunicadores agrupados en gremios, el Ministerio de Educación, la Asamblea Nacional y tres representantes de la ciudadanía, elegidos por el Consejo de Participación.
El proyecto de Ley presentado por el Foro de la Comunicación plantea una estructura similar para el control, aunque la rectoría central de la comunicación recaerá sobre el Ministerio del ramo (que se creará). Bajo este ente estará el Consejo Social de la Comunicación
Las iniciativas, del Foro y del Gobierno, coinciden en que los medios de comunicación, que serán vigilados, no sean parte del órgano regulador.
María Augusta Calle (País), de la Comisión ocasional de Comunicación, dice que la conformación del CNCI no tiene direccionamiento contra los medios, sino que responde a un principio constitucional, que no permite que los regulados integren los organismos de control.
Calle se refiere al artículo 232 de la Constitución, que dice que no podrán ser funcionarios ni miembros de los organismos de control quienes tengan intereses en las áreas que vayan a ser reguladas. Pero el director de Diario Hoy, Jaime Mantilla, cree todo lo contrario.
Para él, esa conformación es fuera de lo normal, pues el organismo “debería contar, por lo menos, con los periodistas en ejercicio”. Mantilla dice que el artículo 232 prueba que la Carta Política “tiene errores”.
Las dos leyes proponen analizar los contenidos. Incluso, el artículo que expresa dicho control es muy parecido en las dos leyes. Rezan así: “Evaluar los mensajes difundidos por los medios incluidos los publicitarios, que afecten los derechos fundamentales consagrados en la Constitución (…) sancionar y actuar de conformidad con las leyes”.
En cambio, en la propuesta de César Montúfar, el ente que coordine será el Consejo de Protección de los Derechos de la Comunicación (Copdeco). Y lo conformarán el Defensor del Pueblo, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, la Unión Nacional de Periodistas y los medios postulados por veedurías ciudadanas.
Las instancias de regulación son distintas
Ley de Panchana
El Consejo Nacional de Comunicación e Información es un organismo con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, que tiene por finalidad velar y consagrar los derechos de la comunicación.
Estará integrado por ocho miembros: un representante del Presidente, de las Facultades Comunicación, de los comunicadores en gremios, del Ministerio de Educación, de la Asamblea y tres representantes de la ciudadanía electos por el Consejo de Participación Ciudadana.
Para ser miembro se debe tener título de tercer o cuarto niveles en Comunicación, haber ejercido 10 años y no ser accionista de medios.
Ley del Foro
Es un órgano con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera, que tiene como finalidad velar y contribuir al ejercicio pleno de la comunicación.
Estará integrado por: un representante del Ministerio del ramo, de la Asociación de Municipalidades, de la Federación de Comunicadores Sociales, de las organizaciones sociales, campesinas, del pueblo afroecuatoriano, de las facultades de comunicación social, de la ciudadanía.
Para la selección, cada organización presentará al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social los postulantes para ocupar la dignidad. La designación se realizará por concurso.
Ley de Montúfar
Es un organismo público autónomo e independiente financiera y administrativamente, encargado de promover y proteger los derechos de comunicación.
Estará integrado por el Defensor del Pueblo, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, la Unión Nacional de Periodistas, los medios impresos, de televisión, de radio y tres vocales ciudadanos postulados por veedurías ciudadanas.
Para la selección de los representantes de los medios, serán sorteados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de entre los candidatos de los medios públicos, privados y comunitarios del sector.