Redacción Judicial
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El fallo que determinó el cumplimiento de la sentencia del ex banquero Nicolás Landes es inapelable.
El presidente de la Corte de Pichincha, Patricio Carrillo, aseguró ayer que, en la vía penal, la decisión es de cumplimiento obligatorio. “Si los afectados quieren seguir alguna acción por el camino civil, eso es otra cosa. Pero ya no depende de mí”.
Carrillo aceptó anteayer el recurso de amparo de libertad que presentó Landes, dentro de la condena que cumplía en el Penal García Moreno, de Quito, por peculado bancario, cuando fue el titular del Banco Popular.
El Presidente de la Corte aseguró que Landes ya cumplió su condena el 24 de junio de 2009 y que su retención era “ilegítima”. El ex banquero fue condenado a ocho años de prisión. Fue detenido en junio de 2005, en Costa Rica, tras un pedido de extradición de Ecuador.
Permaneció en la cárcel de ese país 18 meses y luego fue trasladado al penal de Quito.
Su defensa solicitó una rebaja del 50% de la pena, acogiéndose a la Ley de Reformatoria del Código de Ejecución de Penas, que aprobó la Asamblea Constituyente en julio de 2008.
El artículo 2 de la Ley establece la rebaja de hasta un 50% de la pena por méritos, evaluando la buena conducta. Este recurso fue concedido. “Yo ya cumplí mi condena y por tanto tengo derecho a estar libre”, dijo Landes desde la cárcel. Pero hasta ayer a las 18:00, la excarcelación no se cumplía. “El Director del Centro quería tener la boleta de libertad en sus manos”.
La decisión de la Corte causó polémica, pues contradijo el fallo que el Tercer Tribunal Penal de Pichincha dictó el 6 julio de 2009. Ese día negó el recurso de liberación de Landes. El argumento: que el tiempo que estuvo en Costa Rica detenido no cuenta en su condena.
Pero Carrillo citó el artículo 13 de la Ley de Extradición, que estipula que el tiempo de arresto en el exterior es computable a la condena.
“Ahora, terminaré mis estudios a distancia en psicología y buscaré trabajo”, dijo Landes.