El pago de los llamados’ sobresueldos’ podrá recibirse cada mes, después de la reforma Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajador en el Hogar. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
Los trabajadores de los sectores público y privado podrán recibir sus décimo tercero y cuarto sueldos de forma mensual, a menos que solicite por escrito que se le entregue acumulado.
Esta reforma es parte de la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajador en el Hogar, que fue aprobada por la Asamblea la noche del pasado martes 14, con 91 votos a favor y 29 en contra.
El décimo cuarto sueldo o bono escolar es una bonificación que lo perciben todos los empleados bajo relación de dependencia, cualquiera sea su cargo o remuneración y corresponde a la doceava parte del salario básico mínimo unificado.
Si el servidor público o empleado privado no desea esta mensualización del rubro deberá solicitar por escrito que le acrediten el valor acumulado. Esto se pagará hasta el 15 de marzo en las regiones Costa e Insular y, en el caso de la Sierra y Amazonía, hasta el 15 de agosto.
Este beneficio también se extiende a los jubilados patronales, pensionistas del IESS, FF.AA. y de la Policía.
El décimo tercero o más conocido como el bono navideño también se repartirá a los trabajadores cada mes, a menos que pida lo contrario de manera formal. En el caso de los trabajadores privados podrán recibir el acumulado hasta el 24 de diciembre de cada año y los servidores públicos, hasta el 20 de diciembre. Este décimo equivale a la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que se cobra durante el año calendario.
En ambos casos, si un trabajador sale o es separado de su trabajo antes de las fechas de cobro recibirá el proporcional en el momento de su salida o separación del cargo.
En 180 días, a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, el Ministerio de Trabajo expedirá la normativa secundaria necesaria para su adecuada aplicación.
En tanto el Ejecutivo ya aprobó la legislación, antes de los 30 días, que tiene de plazo. La Ley entrará en vigencia desde que se publique en el Registro Oficial.