Este 26 de septiembre del 2020 se dictó una tercera orden de prisión preventiva contra Jacobo Bucaram. Foto: Eduardo Terán/ EL COMERCIO.
La noche de este 26 de septiembre del 2020 se dictó una tercera orden de prisión preventiva en contra de Jacobo Bucaram.
De esta forma fue vinculado al delito de delincuencia organizada.
En este expediente ya es investigado su padre, el expresidente de la República Abdalá Bucaram y tres uniformados de la Agencia Metropolitano de Tránsito (AMT).
Al amanecer del jueves 13 de agosto del 2020, una jueza de Quito procesó al exjefe de estado por presunta delincuencia organizada, un expediente en el que se indaga una posible relación con los ciudadanos israelíes identificados como Shy Dahan (asesinado) y Oren Sheinman.
La hipótesis de la Fiscalía es que todos se unieron para cometer al menos cinco delitos.
Ellos habrían conformado “un grupo estructurado para planificar actividades delictivas entre noviembre de 2019 y agosto de 2020 (en Quito y Guayaquil)”, aseguró la Fiscalía.
La información en contra de los agentes también se extrajo de una denuncia que un hombre, identificado como Bryan, interpuso contra los israelíes.
En esa queja se dice que ellos se movilizaban con escolta mientras vendían insumos médicos durante la pandemia del covid-19.
En el documento, el denunciante señala que la última vez que vio a los extranjeros fue el 18 de mayo.
Asegura que ese día se pusieron de acuerdo para viajar a Guayaquil en dos carros, pues en el Puerto Principal les esperaba un cliente. Se trataba de Jacobo Bucaram.
Él ya es investigado por supuesto tráfico de bienes patrimoniales y asociación ilícita. En esos dos procesos tiene órdenes de prisión.
El abogado de Jacobo Bucaram, Francisco Onofa, se mostró molesto por el fallo. “Una verdadera vergüenza. Hoy, Colombia preocupada por las acciones de violación respecto a la expulsión y Ecuador hace en derecho penal lo que políticamente decide el Estado”.
El jurista anunció que el equipo de abogados mantendrá una reunión, para definir las estrategias jurídicas que se tomarán de aquí en adelante.
Por lo pronto, la Fiscalía tiene 30 días más para investigar y recabar elementos que serán presentados en la audiencia preparatoria de juicio.
Allí se decidirá si Jacobo, su padre y tres agentes de la AMT son llamados o no a juicio por el delito de delincuencia organizada.
El Código Penal (art. 369) sanciona este delito con cárcel de hasta 10 años. La normativa dice este ilícito se configura cuando una persona forma un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva.