El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral decidió este 22 de julio del 2019 multar a tres consejeros del CNE. Foto: Twitter/ @TCE_Ecuador.
El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) decidió ratificar la sanción en la que se establecía una multa económica para los tres vocales de mayoría del Consejo Nacional Electoral (CNE). Esta decisión es de última instancia.
La tarde de hoy, lunes 22 de julio del 2019, en sesión extraordinaria para tratar ese único punto, los cinco jueces del TCE votaron a favor de la resolución que ratifica la sanción establecida en la sentencia dada en un primer momento por el juez Ángel Torres.
Este último, por haber sido parte de la primera sentencia, no participó del Pleno de esta tarde. En su lugar se principalizó el juez Wilson Ortega.
El proyecto de resolución para discutirlo en el Pleno lo elaboró la jueza del TCE, Patricia Guaicha. A los votos de Guaicha y Ortega se sumaron los de los jueces Joaquín Viteri, Fernando Muñoz y el presidente, Arturo Cabrera.
Así, Diana Atamaint (presidenta del CNE) y los consejeros José Cabrera y Esthela Acero tendrán un plazo de 30 días para cancelar la multa o ésta será cobrada vía coactiva.
Dicha multa se definió en lo equivalente a 20 remuneraciones básicas unificadas; es decir, USD 7 880.
El motivo de la sanción fue que con los votos de estos tres vocales de mayoría del CNE se aprobó la resolución PLE-CNE-3-7-9-4-2019-ORD-R, la cual dio paso a la impugnación del Partido Social Cristiano (PSC) sobre un dictamen respecto a la Delegación Provincial de Los Ríos, en donde se amplió el plazo de escrutinio por 10 días más.
El conflicto se inició cuando el 3 de abril, se cerró de manera anticipada la sesión permanente de escrutinio, por parte del entonces presidente de la Delegación, Luis Páez.
Eso impidió que los actores políticos pudiesen presentar sus reclamaciones a los resultados proclamados por esa Delegación.
Esta acción le costó a Páez la destitución del cargo. Esa decisión fue tomada por el Pleno del CNE junto con la ampliación del plazo de 10 días.
La sentencia de primera instancia estableció que “declarar la validez de un acto administrativo absolutamente nulo incumplió principios y reglas constitucionales y legales cuya decisión puso en riesgo el debido proceso y la seguridad jurídica reconocidos en la Constitución”.
Tres sanciones eran posibles, según la Ley: la destitución del cargo, la suspensión de los derechos políticos o una multa económica. Con base en la gravedad de lo actuado, según la sentencia, se optó por la multa.
Esta sanción fue resultado de una acción de queja presentada por la excandidata a la Alcaldía del cantón Mocache, Yenny Domínguez, del movimiento oficialista (AP). El argumento de la queja fue que al aceptar la impugnación del PSC, “se procede a reconocer los resultados electorales emitidos por el presidente destituido” por el Pleno.