Dos policías, un oficial y un cabo, fueron sentenciados por un caso de tortura contra un estudiante del Colegio Mejía, ocurrido en 2014. Foto: Cortesía Inhred
El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha sentenció a 10 de años de prisión al subteniente David A., de la Policía Nacional por ser el presunto responsable del delito de tortura en contra de Angelo A., exalumno de cuarto curso del Colegio Mejía. El hecho ocurrió el pasado 17 de septiembre de 2014, mientras se desarrollaban protestas sociales.
Lo informó la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh). Además, el sospechoso tendrá que cancelar 40 salarios básicos unificados como multa. El Tribunal también ordenó que la familia del joven reciba acompañamiento psicológico por parte del Ministerio de Justicia.
Durante la diligencia –informó Inredh- se conoció que el 17 de septiembre del 2014, Angelo, en ese entonces de 17 años, salió de clases pasadas las 18:00. En ese momento, él habría sido detenido por uniformados que realizaban un operativo de control de las manifestaciones. “Antes de aprenderlo, el joven recibió puntapiés, golpes y una moto lo atropelló como lo estableció el peritaje médico, psicológico y de entorno social. Esto bajo la custodia policial del subteniente David A.”, señaló la organización.
Posteriormente, el joven fue esposado y trasladado en una moto a la Unidad de Policía Comunitaria de La Basílica, en el Centro Histórico. Allí, el subteniente David A. entregó al estudiante al cabo segundo de la Policía, Freddy F., encargado de registrar en su bitácora las novedades.
No obstante –acotó Inredh- “en el cuaderno no registró la detención del joven ni proporcionó atención diligente e inmediata al menor lesionado. En ese lugar, el chico nuevamente fue golpeado por los policías, quienes de una patada le rompieron dos muelas y con un esfero fue picado en su cuero cabelludo”.
Ante eso, el Tribunal también sentenció al cabo Freddy F. como presunto responsable del delito tortura. “La o el servidor público que tenga competencia para evitar la comisión de la infracción de tortura y omita hacerlo, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años”. El policía recibió 5 años de prisión y debe cancelar 15 salarios básicos.
Durante la audiencia –informó Inredh- el cabo aseguró que no vio las heridas del joven, ni escuchó golpes, ni gritos de ayuda, por lo cual no consideró que sus superiores hayan hecho algo alejado a su deber.
Para Harold Burbano, coordinador jurídico de Inredh, la sentencia es un precedente histórico para la justicia y los derechos humanos en el país. Se reconoce que la violencia policial en contra de estudiantes menores de edad constituye un delito de tortura. Además, es la primera vez que un Tribunal de Garantías Penales aplica el artículo 151 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) lo cual se fija como un precedente fundamental para casos futuros.