Redacción Negocios
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Los contribuyentes deberán presentar, hasta agosto, un anexo con el detalle de sus gastos personales para la deducción del Impuesto a la Renta (IR) del ejercicio fiscal 2008.
La disposición del Servicio de Rentas Internas (SRI) rige para quienes tienen ingresos gravables de más de USD 15 000 al año y gastos declarados para la deducción que superen los USD 7 500.
El procedimiento es un nuevo trámite, adicional a la declaración del IR efectuada en el primer trimestre del año. Esto permitirá al SRI cotejar la información presentada en la declaración con los datos de los comprobantes de venta que la persona natural o empresa incluya en el anexo.
En tanto, las personas con ingresos anuales de entre USD 8 750 y 15 000 sí pueden optar por la deducción, pero no tienen que presentar el documento.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) reglamentó la deducción de los gastos personales en una resolución publicada el martes 16 de junio en el Registro Oficial.
En la resolución, el ente recaudador estableció las fechas para el trámite (ver gráfico). Para el ejercicio fiscal de 2008, el documento deberá presentarse del 10 al 28 de agosto, según el último dígito de la cédula.
En esta semana, el SRI publicó un instructivo para presentar el anexo. El formato del documento está disponible en la página www.sri.gov.ec. Para descargarlo, el usuario debe instalar el software DIMM Anexos, también disponible en el sitio web del SRI.
Una vez diligenciado el documento , el contribuyente debe imprimirlo y llevarlo a una agencia de la entidad, o enviarlo por Internet. Para ello, es preciso obtener una clave que proporciona el SRI.
El formulario también estará disponible en las agencias y oficinas del ente recaudador.
Para los siguientes ejercicios fiscales, el SRI estableció otro cronograma, del 10 al 28 de febrero de cada año. Esas fechas se deberán cumplir con exactitud todos los años, aunque, si alguna fecha coincide con un fin de semana o feriado, se trasladará al día hábil inmediato.
Roberto Cartagenova, técnico del SRI, explica que, al eximir a los contribuyentes que ganan menos de USD 15 000 de la presentación del anexo, el SRI está enfocando sus controles en los ciudadanos que tienen niveles más altos de ingresos y gastos.
Cartagenova sostiene que el calendario da a los contribuyentes el tiempo suficiente para diligenciar el documento y llevarlo a las oficinas del SRI.
Por su parte, Wilson Ruales, experto tributario, considera que de esta manera la autoridad tributaria deja de lado el control de montos más pequeños para pasar a concentrarse en declaraciones de personas naturales más cuantiosas, con lo que la actividad del SRI se hace más efectiva.
Ricardo Mateus, asesor legal y tributario, comenta que la información que los contribuyentes registren en el anexo será útil para que el ente tributario haga un cruce de datos, entre la información sobre gastos que registraron las personas en la declaración del Impuesto a la Renta realizada en el primer trimestre del año y los datos de comprobantes de ventas (facturas, notas de venta) que los ciudadanos se verán obligados a detallar en el nuevo anexo.
Todos los declarantes que solicitaron una deducción deben guardar sus facturas de manera ordenada porque el SRI les pudiera solicitar la entrega de los originales en cualquier etapa del ejercicio económico, según lo que establece la resolución.