Silencio electoral y la ley seca rigen desde este viernes 31 de marzo

El miércoles, los fiscales se capacitaron sobre infracciones electorales. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

El miércoles, los fiscales se capacitaron sobre infracciones electorales. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

El miércoles 29 de marzo de 2017, los fiscales se capacitaron sobre infracciones electorales. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

Guayaquil, Cuenca y Quito fueron los escenarios de los últimos actos proselitistas antes del balotaje de este domingo 2 de abril.

Los candidatos a la Presidencia y sus binomios realizaron sus cierres de campaña en esas localidades. Hubo caravanas, presentaciones, artísticas, discursos... las últimas exposiciones de los planes de gobierno en busca de los votos para ser el nuevo Presidente del Ecuador

La posesión del nuevo Mandatario y su compañero de fórmula está prevista para el 24 de mayo próximo, 10 días después de que entren en funciones los nuevos asambleístas.

El silencio electoral ya rige en el país, desde las 00:01 de hoy, viernes 31 de marzo de 2017.  El artículo 207 del Código de la Democracia establece que 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 de ese domingo, queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, con excepción del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El detalle de esta prohibición, en cambio, está en el Reglamento sobre el control de la propaganda electoral. Ahí se explica que además es ilegal la difusión de cualquier propaganda electoral en los medios de comunicación, artículos promocionales o cualquier otro acto de carácter electoral, que induzca en los electores por una de las opciones.

También está prohibida la difusión de cualquier tipo de información en los medios sobre informes de labores, rendición de cuentas o gestión por parte de las funciones del Estado, instituciones y autoridades de todos los niveles de gobierno.

Es por eso que al igual que en la primera vuelta, no se tiene prevista la realización del Enlace Ciudadano que el presidente Rafael Correa hace todos los sábados.

Además, en el artículo 14 de esa norma se señala que dentro de las 48 horas anteriores al día del sufragio, las Delegaciones del CNE en cada jurisdicción con el apoyo de los Coordinadores de Recinto, las Autoridades Municipales, la Policía Nacional, el Cuerpo de Bomberos y la Corporación Nacional de Electricidad retirarán toda la promoción electoral de los recintos en un perímetro de 100 metros a la redonda.

Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones están previstas en el Código de la Democracia.

Se castigará con una multa equivalente al 50% por ciento de una remuneración mensual básica unificada (USD 187,50) a quien haga propaganda dentro de un recinto el día de los comicios y quien haga propaganda electoral en los días de silencio.

Además, los medios de comunicación que incumplan este mandato legal podrán recibir una multa de entre USD 50 000 y USD 100 000. La prohibición solo rige para los medios tradicionales, es decir, prensa escrita, radio y televisión. Según Juan Pablo Pozo, presidente del CNE, el organismo “no tiene competencia de regulación sobre redes sociales”.

Los efectivos de la Policía Nacional serán los encargados de controlar el cometimiento de contravenciones, infracciones y delitos electorales en los recintos el domingo.

Cuando se trate de infracciones, como el rompimiento del silencio electoral, el policía entregará una citación al infractor. Y la boleta se envía a la Delegación Provincial. Las infracciones, dependiendo de la gravedad, van a la delegación o al Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

En el caso de los delitos, la competencia es de las Fiscalías provinciales. El Código Orgánico Integral Penal establece cuatro clases de delitos contra los derechos de participación electoral: la obstaculización del proceso electoral, la sustracción de papeletas, el falso sufragio y el fraude electoral.Según la norma, esos ilícitos se sancionan hasta con siete años de cárcel.

También hay ley seca

Desde el mediodía de hoy regirá la ley seca. El consumo y venta de bebidas alcohólicas se controlará hasta las 12:00 del lunes 3 de abril.

En el artículo 123 del Código se estipula que “durante el día de las elecciones, 36 horas antes y 12 después” hay veda de alcohol.

Quienes infrinjan esta norma serán sujetos a una multa de USD 187,50. Las autoridades encargadas del control de la ley seca vigilarán que permanezcan cerrados los locales de diversión donde se expende licor.

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