El juez Patricio Baño declaró reservado el proceso penal por supuesta asociación ilícita en contra de Ricardo Rivera, tío del vicepresidente Jorge Glas, y otras cinco personas. Foto: Archivo
La primera reacción llegó desde el Colegio de Abogados de Pichincha. Después de conocerse que el juez Patricio Baño declarara reservado el proceso penal por supuesta asociación ilícita en contra de Ricardo Rivera, tío del vicepresidente Jorge Glas, y otras cinco personas, el gremio solicitó que el caso sea manejado de forma transparente.
Baño, en una providencia del lunes 19 de junio, dispuso el sigilo del proceso “por tratarse de un delito que se encuentra en el bloque de delitos contra la estructura del Estado”.
Para Ramiro Ávila Santamaría, docente de Derecho Penal de la Universidad Andina Simón Bolívar, la reserva de un proceso se aplica con el propósito de “proteger a las personas de algo que pueda afectar su imagen”. Por ejemplo, en los delitos sexuales, infracciones contra niños y adolescentes, los que atentan contra la estructura del Estado y violencia de género.
“(En el caso Odebrecht ) Acá se trata un delito de acción pública y no creo que tenga que ver con cuestiones sobre seguridad del Estado. En este caso, que se sepa públicamente los nombres de Odebrecht no me parecer que va a afectar la estructura del Estado. De hecho, hacerlo reservado afecta uno de los principios más importantes de un estado Constitucional como es la transparencia y la lucha contra la corrupción”, dijo.
Para el penalista y docente universitario, Gabriel Ponce, la asociación ilícita tampoco es un delito que atenta la seguridad pública y asegura que lo que sí se atenta con esta resolución es el “derecho de los ciudadanos a estar informados de lo que hizo Odebrecht en el país”.
El jurista explicó que la asociación ilícita es un delito que cuando es investigado necesita de otras infracciones para que se configure. “La asociación ilícita quiere decir que personas se organizan al margen de la ley para cometer otros delitos, como en este caso pueden ser sobornar, lavar dinero o cometer peculado, pero ninguno de esos casos se considera un delito contra la estructura del Estado”.