El delito de difusión de información de circulación restringida está tipificado en el artículo 180, numeral 2 del COIP. Foto: Tomada de la cuenta Twitter de la Fiscalía
Marcelo A. fue sentenciado a 12 meses de privación de libertad por el delito de difusión de información de circulación restringida en Ambato, provincia de Tungurahua. La Fiscalía General del Estado informó de la sentencia el 17 de septiembre del 2019.
La Fiscalía dijo que Marcelo A., abogado en libre ejercicio, divulgó información de una investigación previa que llevaba cuatro meses de avance, sobre el presunto cometimiento de un delito de asociación ilícita, y que él puso sobre aviso a los investigados sobre un allanamiento que se iba a ejecutar en su domicilio.
Los investigados tenían un modus operandi en los alrededores del parque 12 de Noviembre, de Ambato, para la compra y venta de sustancias sujetas a fiscalización y presuntamente los ciudadanos también cobraban por el espacio en los alrededores del parque. Las investigaciones de la Fiscalía había avanzado durante cuatro meses.
El reporte de la oficina técnica de vigilancia electrónica determina que Marcelo A. tuvo contacto con personas de la presunta banda delictiva. El jurista fue detenido el 22 de julio del 2019 en Ambato.
Entre las evidencias que presentó la Fiscalía constaron los testimonios de los agentes, las llamadas del procesado, la exportación pericial de llamadas telefónicas, entre otros, que sirvieron para determinar la divulgación de la información.
El delito de difusión de información de circulación restringida está tipificado en el artículo 180, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que determina que “la persona que difunda información de circulación restringida será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.