Este 15 de diciembre se realizó la audiencia por el caso Gran Hermano. Foto: Diego Pallero / ELCOMERCIO
La Corte Nacional de Justicia (CNJ) resolvió hoy 15 de diciembre del 2016 ratificar la sentencia de un año para los veedores Pablo Chambers y Gerardo Portillo, en el caso sobre los contratos que Fabricio Correa, hermano del Presidente de la República, mantuvo con el Estado ecuatoriano.
El juez ponente, Miguel Jurado, estuvo a cargo de la audiencia de casación solicitada por la defensa de los implicados. Buscaban que se anule la sentencia que dictó en septiembre del 2014 el Tribunal Provincial.
El abogado Ramiro Román, en representación de Chambers y Portillo, basó el pedido en el principio de interpretación errónea de los hechos.
La veeduría solicitada por el mandatario Rafael Correa para esclarecer los contratos estuvo a cargo de Víctor Hugo Hidalgo, José Quishpe, Chambers y Portillo. Este grupo emitió un informe con la firma de los cuatro. En este se concluía que Rafael Correa sí conocía de los contratos que su hermano tenía con el Estado y que hubo un perjuicio para el país.
Sin embargo, Quishpe e Hidalgo no fueron acusados por la Fiscalía por un supuesto falso testimonio, que fue la figura para la sentencia en contra de los otros dos veedores.
La sentencia además expone que el informe de la veeduría no fue entregado al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), como ordena el reglamento correspondiente, sino que se presentó a Carlos Pólit, contralor General del Estado.
Román respondió que se entregó el informe a Pólit porque era el presidente de la Función de Transparencia; es decir que formaba parte del Cpccs. Incluso -dijo- esta entidad recibió el informe y tomó decisiones con base en ese documento.
Por otro lado, expuso que no se respetó el principio de igualdad establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos porque Chambers y Portillo tuvieron un trato diferente que los otros dos veedores. Además, negó que el informe se haya basado en conjeturas como reza la sentencia, ya que este se hizo con informes previos de la Contraloría y la Procuradoría.
Insistió en que hubo perjuicio para el país con la terminación unilateral de los contratos por parte del Estado. Según el abogado se perdieron unos USD 144 millones. Las empresas de Fabricio Correa recibieron USD 440 millones en contratos del Estado, según la investigación de los veedores.
La Fiscalía respondió que se abstuvieron de acusar a Quishpe e Hidalgo porque “no se encontraron elementos de convicción pese a que su firma sí constaba en el documento”.
Además, según la tesis fiscal, el informe no fue entregado a la autoridad competente y no se basó en argumentos legales. Agregó que sí se respetó el principio de igualdad, ya que los sentenciados tuvieron la oportunidad de defenderse y presentar sus descargos.
El tribunal, formado por Jurado, Jorge Blum y Richard Villagómez, decidió, luego de una hora de deliberación, ratificar la sentencia argumentando que en la casación hubo argumentos que no correspondían a la etapa del proceso, como el principio de igualdad. Para esto, dijeron, había que regresar a la etapa probatoria.
Tras el fallo, Chambers dijo a este Diario que están listos para cumplir con la sentencia, ya que esperaban que esta sería decisión del juez. La pena se ejecutaría, según Román, cuando lo notifique la CNJ.
La defensa pedirá revisión de la sentencia y luego acudirá a la Corte Constitucional. Estos recursos no detendrán la ejecución de la pena.