Sentenciado por violar boleta de auxilio de su expareja; procesado incendió la casa de la víctima

Imagen referencial. El hombre fue sentenciado por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente tipificado en el artículo 282 del COIP. Foto: Pixabay

Imagen referencial. El hombre fue sentenciado por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente tipificado en el artículo 282 del COIP. Foto: Pixabay

Imagen referencial. El hombre roció gasolina e incendió la casa en donde se encontraba su expareja con sus hijas. Foto: Pixabay

Un hombre que violó la boleta de auxilio de su exesposa, que la mujer obtuvo para que él no se le acercara, fue sentenciado a un año de cárcel en Ambato, informó la Fiscalía en un comunicado difundido el viernes 19 de febrero del 2021.

En la audiencia de juicio, la fiscal de Violencia de Género, Elizabeth Córdova, relató que los hechos ocurrieron el 23 de septiembre de 2020 cuando, en horas de la madrugada, Wilfrido Pacífico R. L. ingresó a la casa de su expareja por una puerta lateral y roció gasolina en el domicilio.

De acuerdo con información del Ministerio Público, la mujer, que se encontraba con sus hijas y su nieta, se percató de lo ocurrido y pidió auxilio. El ahora sentenciado, cuando notó la presencia de la Policía, intentó huir lanzándose de la terraza del inmueble al segundo piso, pero fue aprehendido, menciona la Institución. 

Además, la víctima presentó la boleta de auxilio emitida por la Unidad de Violencia contra la Mujer y Familia.

En Ecuador, las autoridades judiciales emiten la boleta de auxilio a favor de la víctima o miembros del núcleo familiar en el caso de violencia contra la mujer o miembros del grupo familiar, como una de las medidas de protección, estipuladas en el artículo 558 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En la diligencia, la Fiscalía demostró la materialidad y la responsabilidad de Wilfrido Pacífico R. L. con la valoración médica practicada a la víctima, que determinó una quemadura de segundo grado; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el reconocimiento de evidencias (cuatro recipientes plásticos de gasolina), certificados de notificación de la boleta de auxilio, el informe pericial de entorno social y psicológico, el informe del Cuerpo de Bomberos, testimonios, entre otros.

El Tribunal de Garantías Penales, con base en las pruebas presentadas, declaró culpable al atacante por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y lo sentenció a un año de privación de la libertad.

La Fiscal del caso también solicitó que se abra una segunda investigación contra el ya sentenciado, por tentativa de incendio.

El delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente está tipificado en el artículo 282, inciso primero, del Código Penal y es sancionado con prisión de uno a tres años.

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