Daniel L. permaneció detenido nueve meses en un centro de rehabilitación social de Cuenca (Azuay) por supuesta tenencia de drogas. Fue liberado el 15 de marzo pasado.
Su historia comenzó la noche del 7 de septiembre del 2012, cuando el joven tenía 17 años. La Policía halló marihuana en su mochila, que iba a ser consumida con 10 amigos.
La Fiscalía acusó a Daniel por el delito de posesión de droga, pese a que los amigos del joven dijeron que la marihuana iba a ser usada “para fines recreativos”. En el informe médico se estableció que era consumidor habitual y él admitió que “llegó a probar hasta 10 dosis diarias”.
El joven fue declarado inocente en primera instancia, pero la Fiscalía le volvió a acusar y en segunda le condenaron a ocho años de prisión.
Decidió irse a Panamá mientras arreglaba su situación legal. Allí permaneció cinco meses con su madre hasta que regresó al país en junio del 2013; fue apresado en el aeropuerto. “Yo consumía. Decidí regresar al país para dar la cara a la justicia y decir la verdad. Nunca vendí drogas…”.
En el Ecuador no hay cifras de consumidores de estupefacientes que recuperaron la libertad tras ser confundidos como expendedores. Sin embargo, información levantada por la Defensoría Pública muestra que, a escala nacional, entre el 2007 y el 19 de marzo de este año, se reportaron 15 532 detenidos por tenencia y posesión de drogas.
Ellos fueron patrocinados por este organismo estatal y se logró la liberación de 1 956 personas tras comprobarse en los juicios que eran inocentes (ver cuadro).
En ese grupo estaban 314 mujeres. Una de ellas, Mónica M., permaneció ocho meses detenida hasta que la Defensoría Pública demostrara en un juicio que la mujer era consumidora de estupefacientes.
Para que un juez considere a una persona consumidora de estupefacientes debe aplicar la tabla del Consejo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep), que regula las dosis máximas para la tenencia de narcóticos.
Esta fue aprobada el 21 de mayo del año pasado y en ella se establece que un consumidor está autorizado a portar hasta 10 gramos (g) de marihuana, un máximo de 2 g de pasta base o 1 g de clorhidrato de cocaína. En cuanto a la heroína, se permite llevar hasta 0,1 g.
La lucha de Daniel por demostrar que era consumidor afectó a toda su familia. Las deudas empezaron a llegar y no tenían para pagar los tratamientos de su padre, quien tiene cáncer de colon. Otro mal recuerdo para él fueron las crisis de abstinencia que tuvo que pasar en Panamá y el ataque cardíaco que sufrió su madre, por los problemas legales de Daniel.
El joven tampoco terminó el colegio: llegó hasta primer año de bachillerato. Él cree que sus amigos, con los que estuvo el día que fue aislado, lo miran de forma diferente, por haber estado detenido.
La aplicación de la tabla de dosis todavía resulta complicada para que los jueces puedan determinar cuándo una persona es expendedora y cuándo es consumidora.
Jorge Paladines, asesor de la Defensoría Pública, considera que uno de los problemas que se dan en las audiencias por tenencia ilícita de estupefacientes es que los jueces se basan en los partes policiales que son redactados con ambigüedades. “Por ejemplo, se habla de actitud sospechosa, pero nadie explica de manera concreta qué significa eso”, señaló.
Javier Córdova, viceministro del Interior, no comparte ese criterio. Dice que el policía sabe el procedimiento que debe cumplir en los casos “y en el parte pone lo que él ha visto y las evidencias halladas”. Luego vienen las investigaciones que permitirán a los operadores de justicia tomar decisiones.
Sin embargo, Erick Q., tuvo que pasar seis meses en prisión tras ser aprehendido con 15,45 gramos de cocaína. Esta cantidad rebasaba en 15 veces los límites permitidos en la tabla de consumo, lo que lo colocaba como un “expendedor”.
Al igual que a Daniel y a Mónica, se le practicó un examen psicosomático para comprobar si padecía dependencia a los estupefacientes. El perito Carlos Costales determinó que la cantidad de droga que llevaba Erick era para el consumo de cuatro días y el Tribunal Cuarto de Garantías Penales de Pichincha declaró la extinción de la acción en su contra.
Actualmente, la Defensoría Pública brinda asesoría legal gratuita a consumidores que fueron confundidos como microtaficantes. Daniel fue uno de los beneficiarios de esta ayuda. Antes de llegar a la Defensoría, ellos habían pagado altas sumas de dinero en abogados que no les ayudaron. Mónica M. y Erick Q. también se beneficiaron de este servicio.
Hoy se cumplen 11 días desde que Daniel, ahora de 19 años, salió libre y regresó a casa.
‘Es difícil reconocer al expendedor’
Edwin Merlo, catedrático de la Escuela Superior de la Policía Nacional Cuando se dan casos de detenciones por droga que va a ser consumida en grupo, quien la porta tiene la responsabilidad y se debe aplicar la normativa.
Lamentablemente, el uso de narcóticos es una enfermedad, que propende a que el dependiente de las drogas busque una mayor cantidad para estar tranquilo.
Es incontrolable y por eso busca estrategias o engaños para tener una mayor cantidad. Lo difícil es reconocer cuando realmente esa persona se dedica al expendio o no, porque la prueba se va a encontrar siempre cuando alguien es detenido. Lo recomendable en estos casos es que el dependiente respete la ley y lleve las cantidades permitidas.
El consumo ya es un problema en la gente, pero si alguien no quiere ir preso debe respetar las leyes. Eso ya depende de la conciencia de quienes usan las drogas.
En contexto
El consumidor Daniel L., hoy de 19 años, recuperó su libertad tras ser procesado por tenencia de drogas. Según la Defensoría Pública, 15 532 apresados hubo por ese delito desde el 2007 hasta marzo del 2014. De ellos, 1 956 salieron libres.
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