Luego de analizar los argumentos presentados por las partes procesales, un Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha desechó el recurso de apelación y ratificó la sentencia de 26 años de cárcel para Luis A. El hombre fue condenado como autor del femicidio de su conviviente. El hecho ocurrió en 2017 en el sector de Pisulí, perteneciente a Quito.
Además, se ratificó el pago de USD 5 000 a favor de la madre y el hijo de la víctima. También, la disposición de que se les brinde tratamiento psicológico en uno de los hospitales de la red de salud pública.
El hecho investigado por Fiscalía ocurrió el 26 de diciembre de 2017 en el domicilio que el agresor compartía con su pareja y su hijo en Pisulí. Luego de que el agresor intentó atacar con un cuchillo al menor de edad en medio de una discusión, la víctima recibió varias puñaladas al salir en su defensa. Una de las heridas fue en el muslo derecho, lo que terminó con su vida.
Durante la audiencia de apelación a la sentencia por femicidio, el fiscal Juan Carlos Zúñiga señaló que en la audiencia de juicio ya se probó la materialidad de la infracción y la responsabilidad del procesado, con la presentación de abundante prueba.
Entre las pruebas se destaca el informe de autopsia, que confirmó que la muerte violenta fue causada por las heridas cortopunzantes sufridas en el ataque.
Autopsia psicológica
Además, se presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos en Pisulí y levantamiento de evidencias. También, el informe de autopsia psicológica practicado a la mujer, que evidencia que el ya sentenciado la maltrataba física y psicológicamente.
Se presentaron también los testimonios de la madre de la víctima, quien señaló que en varias ocasiones había notado que su hija tenía evidencias de agresiones físicas. Según la progenitora, su hija le había confesado que su pareja la agredía.
A esto se sumó una pericia de contexto de género. En esta se estableció que el agresor mantuvo una relación de poder y que existía una dependencia emocional hacia el procesado.
Todos estos elementos probatorios fueron analizados por el Tribunal de Apelación, integrado por los jueces Patricio Vaca, Patlova Guerra y Wilson Lema, para ratificar la sentencia de primera instancia.
Información jurídica
El delito de femicidio está tipificado y sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso se aplicaron las agravantes contenidas en el artículo 142.2 del mismo cuerpo legal.
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