Test psicológico fue observado por veeduría

Durante las evaluaciones psicológicas.  El juez Baltasar Garzón señaló inicialmente que desconocía las preguntas del test.

Durante las evaluaciones psicológicas.  El juez Baltasar Garzón señaló inicialmente que desconocía las preguntas del test.

Las pruebas psicológicas generaron controversia y así se desarrollaron en noviembre pasado. Los 5 456 funcionarios judiciales del país fueron consultados sobre aspectos de su vida sexual y si esta es satisfactoria; si le gusta leer los periódicos o las novelas negras; si hubiera deseado ser articulista de un Diario o si en alguna hora del día siente que le sudan partes de su cuerpo.

El Consejo de la Judicatura de Transición (CJT) señaló que luego del proceso, 1 509 judiciales solicitaron la reconsideración de sus resultados. En julio pasado, 478 personas no pasaron esa evaluación, según información que consta en la rendición de cuentas del primer año de labores de la Judicatura.

Baltasar Garzón, coordinador de la Veeduría Internacional (VI), habló de ese examen en el informe final a la reforma judicial.

En el documento se recomendó que la Judicatura contemple la posibilidad de revisar los resultados de la prueba psicológica. El test no fue valorado con puntos, sino que en el resutado final se colocaron las palabras ‘supera’ o ‘no supera’.

El reglamento del proceso de evaluación establecía en el artículo 27 que quien no superaba esta fase dejaría de la Función Judicial.

Sin embargo, en junio pasado se dispuso que 85 personas repitieran el test, pues obtuvieron un mínimo de 70 sobre 100 en la evaluación. Durante ese proceso se presentaron cuestionamientos desde la Federación de Funcionarios Judiciales del Ecuador (Fenaje). Ángel Rubio, el entonces presidente de este gremio, dijo que para los trabajadores de la Función Judicial nunca estuvo claro los parámetros de calificación.

En la página 13 del informe final, la VI señala que una el eje de Talento Humano es el aspecto de la reforma que “ha generado más controversia y atención por la opinión pública”. Según el equipo Internacional, en todo el proceso de reforma judicial, el CJT ha removido unos 3 500 a 4 500 funcionarios y personal administrativo “con prácticas observadas como defectuosas por la ciudadanía y deficientes en sus resultados”.

Jorge Ayala, presidente de la Asociación de Judiciales de Pichincha, dijo que la VI “ha acertado en uno de los procesos más polémicos” y que la recomendación hecha por Garzón y su equipo debería acogerse y tomarse correctivos.

En tanto, un funcionario sostuvo que las pruebas psicológicas tenían preguntas que no eran pertinentes y que no revelaban condición alguna de los judiciales.

El el eje de Talento Humano, otra de las recomendaciones de la VI apuntaron a fortalecer la independencia judicial. Para esto, se menciona en la página 14 que el CJT cree una entidad “pública autónoma e independiente, que garantice imparcialidad en el control disciplinario de los servidores judiciales”. Hasta el 1 de junio de este año, la Judicatura resolvió 1 333 expedientes administrativos. De estos, 273 casos terminaron con la destitución de un servidor, 225 fueron suspendidos de sus puestos; 127 multados; y otros 221 trabajadores fueron absueltos, o sus casos se archivaron por falta de elementos que comprueben la supuesta falta disciplinaria.

Para la VI, los operadores de justicia como los jueces y fiscales se enfrentan a una “posible injerencia” de la misma Función Judicial que perjudicaría su independencia.

Durante la entrega del informe, Garzón dijo que la Judicatura debería revisar las sanciones administrativas que se basan en el denominado error inexcusable. Este argumento se encuentra en el Código Orgánico de la Función Judicial. Para Garzón, el error inexcusable “puede enmascarar acciones disciplinarias que suponen auténticas revisiones jurisdiccionales”.

Tania Arias, vocal del CJT, aseguró que esta recomendación se analizaría cuando se reúna el Pleno de este organismo transitorio.

Lo que dice Garzón: Revisar la prueba psicológica o psicométrica, que debería ser un parámetro no vinculante. Una vez que el servidor haya superado la evaluación, solamente debería aplicarse si se observa alguna alteración psicológica que afecte al normal desarrollo profesional. Asimismo, se recomienda revisar su ponderación y contemplar la posibilidad de revisión (de las pruebas).

Facilitar el  acceso ciudadano a los procesos disciplinarios, cuando se sientan perjudicados por las acciones u omisiones de los servidores y servidoras judiciales, pero dotando de todas las garantías a los afectados para que no se convierta el proceso en una interferencia que perjudique gravemente la autonomía de la propia función.

La apertura de  sumarios disciplinarios deberá estar sujeta a reglas estrictas que prevengan esa situación, con acceso al recurso correspondiente frente a las decisiones arbitrarias.