Policía rechaza 'prácticas por la fuera de la norma' durante el toque de queda

El estado de excepción rige en el Ecuador desde el pasado 17 de marzo del 2020. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El estado de excepción rige en el Ecuador desde el pasado 17 de marzo del 2020. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El estado de excepción rige en el Ecuador desde el pasado 17 de marzo del 2020. Foto referencial: Archivo / EL COMERCIO

El comandante general de la Policía, Patricio Carrillo, se refirió ayer 25 de marzo del 2020 a uno de los videos en los que se observa una supuesta agresión por parte de agentes en contra de un adolescente. Esto, en el marco de los controles al toque de queda que se realizan en el país.

El jefe policial escribió un mensaje en su cuenta oficial de Twitter en el que señala que “la profesión policial es nobleza, la frontera entre fuerza y la ley es delimitada por los métodos, jamás aceptaremos prácticas por fuera de la norma”.

Su mensaje se produjo en respuesta a un video en el que un usuario responsabilizó a la Policía de una agresión a un adolescente. Ahí se observa al joven afroecuatoriano hacer flexiones de pecho.

De pronto, un agente le da correazos y luego dice esto: “No en la calle. Como al burro… hay que estrales arriando. Les vale…”

Luego, por pedido de la persona que graba el video, el oficial le da un correazo en las piernas.

“No sabes que les podemos reformar a todo el mundo…” grita el uniformado al tiempo que el adolescente se da la vuelta para evitar el castigo.

Se desconoce la ciudad en la que se grabó el video.

Otro Policía lo patea para que vuela a la posición inicial. El menor se da la vuelta y recibe otro correazo que lo hace llorar.

“Por mi madre que me mandaron a retirar una plata. Mire, no le miento”, dice el joven.

Los policías le dicen que ojalá así aprenda a quedarse en la casa.

“Lárgate, lárgate” le grita el policía con la correa mientras lo corretea y le lanza azotes. El joven se va del lugar .

Durante los estados de excepción, “el abuso del poder, por cualquier agente o funcionario del Estado, debidamente comprobado será sancionado administrativa, civil y penalmente”.

Aquí también se considerarán instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, señala el art.33 del Código de Seguridad Pública y del Estado.

En ese articulado, también se detalla que la obediencia a las órdenes superiores no eximirá de responsabilidad a quienes las ejecuten.

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