Las penas aumentan para los casos de violaciones en la reforma al COIP

En total son 127 artículos los que se reformaron al COIP. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El Código Integral Penal reformado (COIP) incluyó una conducta que deberá ser castigada en los casos de violaciones. Se trata de la agresión sexual por parte de cuidadores o tutores.
Es decir, cuando la víctima se encuentra al cuidado de una persona y esta la agreda, el sospechoso será sancionado con 22 años de cárcel. Así consta actualmente en el texto aprobado en diciembre por la Asamblea.
Este artículo se puede aplicar siempre y cuando la agresión no constituya una violación incestuosa, pues en esos casos ya existe un artículo al respecto.
El Ejecutivo vetó la incorporación de la nueva conducta justamente, porque el COIP ya tiene un artículo con el que se sanciona la violencia sexual de cuidadores, tutores, representantes legales, ministros de culto, personal de salud “o cualquier persona que tenga el deber de custodia de la víctima”.
Lo que hicieron los legisladores en diciembre del 2019 fue incluir un artículo similar, pero que se aplica cuando no hay incesto. La idea era aumentar la protección de las víctimas en el país.