Mario Canessa, fundador del grupo de medios de comunicación Caravana, ofreció disculpas por los comentarios que hizo a la presentadora Nadia Manosalvas durante un programa deportivo.
Ese programa se transmitió en octubre del 2021, pero fragmentos del mismo se viralizaron el fin de semana pasado. Allí se escucha que Canessa le pregunta dos veces a Manosalvas: “¿Qué hace usted para estar tan buena?”.
El 14 de febrero del 2022, Canessa escribió en su cuenta de Twitter lo siguiente: “Cuando asistí a ese programa me comentaron que el formato era así como se dice una joda y por esa razón hice esa pregunta que no intentaba como ha sido mi costumbre importunar. Creo que si fue así pido las excusas del caso si la señorita se sintió incómoda”.
Además, uno de los panelistas también le pidió disculpas durante el programa. Le entregó un ramo de flores y le dijo: “Nadia, son en consideración de pedirte disculpas en caso de que te hayas sentido molesta, irrespetada, perturbada, incómoda por alguna situación que se ha presentado aquí, en nuestro programa, y que es de dominio público. Por tanto, Nadia, queremos expresarte, reitero, nuestras disculpas”.
Ese mismo 14 de febrero del 2022, la Fiscalía también abrió de oficio una investigación por el presunto delito de acoso sexual a periodistas deportivas en una radio guayaquileña (Caravana).
El anuncio de esta pesquisa se da después de que una excolaboradora de ese medio de comunicación denunciara en sus redes sociales que en esa emisora supuestamente “se pedían favores sexuales” a mujeres a cambio de laborar allí.
¿Disculpas públicas son suficientes en casos de acoso sexual?
Penalistas consultados por este Diario coinciden que una disculpa pública a la víctima no revierte una investigación penal en Fiscalía.
El abogado Gabriel Ponce indicó que ofrecer disculpas a la víctima “no significa que deja de existir el delito”.
“El implicado puede pedir disculpas, y la víctima puede aceptarlas, pero eso no significa que la Fiscalía dejará de investigar. Son actos completamente independientes”, indicó Ponce.
El mismo criterio maneja el penalista Merck Benavides. “El acoso sexual es un delito de acción pública y por lo tanto la investigación por parte de Fiscalía se la realiza sí o sí”.
Explicó que la Fiscalía debe recopilar indicios para establecer si se cometió el delito y establecer presuntas responsabilidades.
Sanción por acoso sexual
El artículo 166 del Código Integral Penal establece que el acoso sexual se sanciona con cárcel de uno a tres años. Este ilícito se configura cuando una persona solicita “algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero”, valiéndose de su relación de poder.
También se considera acoso sexual cuando una persona pide “favores de naturaleza sexual que atenten contra la integridad sexual” de alguien. Esa conducta será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.
En caso de existir una sentencia por este delito, un juez además puede ordenar disculpas públicas como una medida de reparación a la víctima.