Hay una línea muy delgada entre ser un consumidor de drogas y un vendedor.
“No siempre la persona detenida con 20 gramos de marihuana, por ejemplo, es un expendedor”, asegura Carlos Erazo. Este juez penal, a veces, ha usado su deducción para dibujar el límite de los dos mundos: un usuario de narcóticos, que según la Constitución tiene un problema de salud, y alguien que los comercializa.
Por ahora, la escala que hace un año aprobó el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes (Consep), que fija las cantidades máximas permitidas para uso de siete narcóticos, es la guía principal.
Sin embargo, este organismo alista otra tabla. La siguiente no solo diferenciará de forma técnica al consumidor del traficante o del productor de drogas. Además, determinará qué tipo de tráfico es: en mínima, mediana, alta o gran escala.
“No es lo mismo un narcotraficante que una mula. Por eso es importante hacer la diferenciación. Eso permitirá sancionar con proporción a de”, señala Ramiro García, abogado penalista. A pesar de esto, la Ley de Sustancias Estupefacientes, conocida como Ley 108 -ahora derogada-, castigaba con la misma pena a ambos: de 12 a 16 años de prisión.
Las leyes actuales en las naciones latinoamericanas sancionan de forma dura los delitos relacionados en drogas. Según Corina Giacomello, del Consorcio Internacional sobre Políticas de Drogas, esto ha provocado que entre 2006 y el 2011, la población penitenciaria femenina de América Latina pasara de 40 000 a más de 74 000 internas. “La mayoría están encarceladas por tenencia o tráfico de narcóticos”, asegura en una entrevista por correo electrónico.
La tabla que prepara el Consep aún no se ha hecho pública. Pero ya hay un documento elaborado, indica el vocal del Consejo de la Judicatura, Néstor Arbito. Explica que en la última reunión de la Mesa de Justicia, que se realizó la semana pasada en Santo Domingo, la nueva mirada sobre el combate de las drogas fue parte del análisis.
La Asamblea, tras aprobar el Código Integral Penal, indicó que el Consep deberá emitir la tabla en un plazo de 90 días a partir de la publicación del Código en el Registro Oficial, el 10 de febrero pasado.
“(La tabla) es una herramienta importante desde el punto de vista técnico, pero no es la única”, dice Arbito. El criterio del Consejo de la Judicatura (CJ) es que además de esa escala deberían existir otros parámetros para que un juez decida si un sospechoso es un gran traficante o un minorista.
Esta diferencia no es solo de criterios. El tráfico a mínima escala se sancionará con prisión de entre 2 y 6 meses. En cambio, cuando se traten de toneladas de drogas, la pena llegará hasta los 13 años de encierro.
Gustavo Jalkh, presidente del CJ, propone un protocolo para que los jueces hagan esta diferenciación y un proceso de capacitación sobre la aplicación del artículo 220 del Código Integral Penal, en donde se señalan las cuatro formas de tráfico, tenencia, cultivo y producción de sustancias ilegales.
El vocal Arbito lo explica: el juez debe analizar las circunstancias de la detención, la reincidencia por el mismo delito o el lugar en donde fue arrestado.
“Por ejemplo, si me capturan con 5 gramos de marihuana. Actualmente, según la tabla (del Consep sobre cantidades permitidas para uso personal), estoy dentro del rango del consumo y me voy para mi casa. Pero otra cosa es que cada viernes me detengan en el mismo sector y me vean rodeado de personas que están relacionadas a la venta. Ahí, el único factor no debe ser el peso”.
La angustia de tener a un hijo preso por drogas terminó para una familia la mañana del viernes pasado. Una pareja lanzó una plegaria minutos antes de escuchar la resolución del juez. Un segundo después hubo el pronunciamiento: “Se declara la extinción de la acción penal”. No entendieron, pero su defensor público les explicó que el juez decidió que su hijo de 21 años quedaba libre de culpa. Estuvo tres meses en la cárcel, luego de salir de una clínica para rehabilitación de las adicciones: era un consumidor.
En contexto
El actual Código Integral Penal establece cuatro escalas de tráfico, tenencia, producción y cultivo de drogas: mínima, mediana, alta y gran escala. El Consep debe definir en una tabla qué es cada una. Según esta, las penas de cárcel serían de dos meses a 13 años.
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