10 medidas para evitar violencia de género

La Fiscalía recomienda que la víctima sea quien pida al juez la medida que más crea conveniente. Puede ser una o varias. De lo contrario son los fiscales los que sugieren qué protección debe tener. Foto: Archivo/EL COMERCIO

La Fiscalía recomienda que la víctima sea quien pida al juez la medida que más crea conveniente. Puede ser una o varias. De lo contrario son los fiscales los que sugieren qué protección debe tener. Foto: Archivo/EL COMERCIO

La Fiscalía recomienda que la víctima sea quien pida al juez la medida que más crea conveniente. Puede ser una o varias. De lo contrario son los fiscales los que sugieren qué protección debe tener. Foto: Archivo/EL COMERCIO

El Código Penal (art. 558) detalla 10 tipos de protección para casos de violencia intrafamiliar. Una de las más frecuentes es la boleta de auxilio, aunque también está la prohibición de acercarse a sus parejas.

En la Fiscalía se sabe que el proceso para obtener una medida de protección dura dos horas y pueden acceder a estos beneficios las personas que hayan sufrido violencia psicológica, física y sexual.

En estos dos últimos casos se requiere el examen físico que se hace de forma gratuita en las unidades de flagrancia.

En el tema de las agresiones psicológicas, los jueces ordenan las medidas y al mismo tiempo abren una investigación de los hechos.

La Policía también tiene un Departamento de Violencia Intrafamiliar denominada Devif. A esa unidad, los jueces notifican las medidas de protección y son ellos quienes deben notificar al agresor sobre las restricciones establecidas.

Cuando lo hacen les indican que si no cumplen pueden ir a la cárcel de uno a tres años.

Así lo determina el artículo 282 del Código Integral Penal. Otro aspecto que deben conocer las víctimas es que las medidas de protección no tienen fecha de caducidad. Desde el 2013, eso cambió. Ahora, solo un juez puede revocar una protección de este tipo.

La Fiscalía recomienda que la víctima sea quien pida al juez la medida que más crea conveniente. Puede ser una o varias. De lo contrario son los fiscales los que sugieren qué protección debe tener. Lourdes, por ejemplo, accedió a la boleta de auxilio.

Su esposo la golpeó durante seis años. En enero fue la última vez que lo hizo. Con una pala de metal le partió la cabeza y tras ello, lo denunció ante las autoridades.

Así se protege la legislación a las mujeres

Restricción de lugares. 
El juez determina una prohibición al agresor para que asista o concurra a determinados lugares o reuniones. Esta medida ayuda para que no se encuentre con la víctima. Por ejemplo, si los dos pertenecen a un club deportivo, el procesado ya no podrá asistir.

Prohibición de acercamiento

Esta orden es más amplia que la primera. El juez determina que es necesario un alejamiento permanente del procesado. Él no podrá acercarse a la mujer en ningún sitio y hora. La idea es que la mujer pueda estar segura en sitios como su casa, trabajo.

Prohibición de intimidaciones

La Fiscalía siempre recomienda esta figura, pues el juez prohíbe al procesado que realice actos de persecución o de intimidación en contra de la víctima. Es decir, no puede amenazarla con palabras, mensajes de texto, llamadas, entre otros.

Boleta de auxilio. 
Los jueces entregan una boleta de auxilio a favor de la mujer o de miembros del núcleo familiar en el caso de sufrir algún tipo de violencia. Lo que esta medida hace es que cualquier policía tenga la facultad de socorrer o rescatar a la víctima en caso de ataque.

Reintegro al domicilio

En el país existen casos en que el agresor luego de golpear a la víctima, la expulsa de la vivienda. Ahí se aplica esta medida, pues el juez ordena que la mujer retorne al hogar y que el hombre se vaya de la casa. Con esto se evita que vuelva a agredirla.

Custodia de niños 
El agresor puede estar privado de la custodia de sus hijos. Si las víctimas son los niños y si no existe una figura maternal, el Estado nombra un tutor. Así se precautela los derechos de los menores. Lo mismo ocurre si la víctima es una persona con discapacidad.

Porte de armas
Para evitar un posible ataque, los jueces restringen el porte armas de los procesados. Esta medida puede aplicarse en caso de que el agresor tenga acceso al armamento. No puede llevar objetos como pistolas, cuchillos, entre otros.

Salida de la vivienda

A través de esta protección, los jueces ordenan que, en el caso de que el agresor viva junto a la víctima, salga de la casa. Así se garantiza que tanto la víctima como sus hijos estén protegidos en la vivienda. Además, tienen vigilancia de la Policía comunitaria.

La pensión 
En el caso de infracciones contra la mujer o miembros de la familiar, los jueces fijan una pensión económica para que permita la subsistencia de las personas perjudicadas por la agresión. Esto no se cumple si ya existe una pensión establecida.

Tratamiento
Otra medida de protección es ordenar que la víctima y el agresor se sometan a un tratamiento psicológico. Esta acción puede extenderse a otros miembros de la familia como los hijos o abuelos. Esto se debe cumplir por separado.

La denuncia

¿Cómo hacerlo? La afectada puede acudir a cualquier oficina de la Fiscalía.

Luego, le practican un examen médico. Y el juez ordena la medida de protección.

La ayuda

Botón de auxilio
Las mujeres con boleta de auxilio deben ir al UPC más cercano y pedir el sistema de botón de auxilio que servirá para emergencias.

ECU 911 
A través de una llamada gratuita, la persona puede solicitar ayuda en caso de sentirse en riesgo.

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