Actualmente, el Tribunal conformado por los jueces provinciales Silvana Caicedo, Kléber Franco y Juan Camacho analizan si aceptar o no la apelación del hábeas corpus del exvicepresidente Jorge Glas.
El miércoles 18 de mayo del 2022 se realizó una audiencia en la Corte Provincial de Santa Elena para escuchar los argumentos que sustenten o desechen ese recurso legal.
Esa diligencia duró cuatro horas. Luego el Tribunal suspendió la cita judicial para analizar su resolución. Ahora, los magistrados tienen al menos ocho días para anunciar su fallo.
Este caso se remonta al 9 de abril de este año. Ese día, Glas se benefició de un hábeas corpus para salir de la cárcel de Cotopaxi, donde cumplía sentencias por actos de corrupción.
La defensa del exvicepresidente argumentó que su cliente sufría enfermedades físicas (hipertensión, gastritis, espondilitis anquilosante) y trastornos psicológicos, que no han sido tratados de forma adecuada. Por eso, el juez de Manglaralto, Javier Moscoso, le otorgó esa medida constitucional y dispuso su inmediata libertad.
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y la Procuraduría General del Estado apelaron esa decisión de Moscoso.
¿Qué pasa si los jueces aceptan la apelación del hábeas corpus?
Según André Benavides, abogado constitucionalista, se revocaría las disposiciones del magistrado Javier Moscoso y Glas podría volver a la cárcel de Cotopaxi para cumplir sus sentencias por asociación ilícita, cohecho y peculado, en tres tramas de corrupción diferentes.
Emilio Suárez, experto en Derecho Constitucional, también coincide con ese criterio. “Si se acepta la apelación trae como consecuencia la revocatoria de la sentencia de primera instancia”, indicó el jurista.
Esto también se establece en el artículo 256 del Código Orgánico General de Proceso. Allí se menciona que “el recurso de apelación procede contra las sentencias y los autos interlocutorios dictados dentro de primera instancia”.
El constitucionalista Rafael Oyarte considera que, si los jueces aceptan la apelación, Glas “perdería la protección del hábeas corpus y tendría que regresar al centro de privación de libertad”.
También puede pasar que la Corte Provincial de Santa Elena confirme el hábeas corpus y de esa manera, Glas podrá cumplir sus condenas en libertad.
Una tercera opción, según Oyarte, es que los jueces ordenen el retorno de Glas a la cárcel y dispongan la atención médica especializada tanto física como mental dentro de un centro penitenciario. Además, se puede ordenar el traslado temporal a un hospital o a un centro de rehabilitación mental y cuando se recupere tendría que volver a la prisión.