Jorge Glas todavía tiene alternativas para buscar una vez más la libertad

Jorge Glas estuvo en el área destinada a Aeropolicial, en Guayaquil. El exvicepresidente fue trasladado a la cárcel 4, en el norte de Quito. Foto: Enrique Pesantes / EL COMERCIO

La cárcel 4, en Quito, hasta nueva orden, es el hogar de Jorge Glas. En los alrededores del lugar, luego del arribo del personaje político, se mantuvo la calma, sin protestas o muestras de respaldo.

Solo estaba la habitual carpa blanca en el ingreso, vallas grises y un grupo de militares. Glas llegó la madrugada del sábado 21 de mayo del 2022 y nuevamente busca caminos para ser libre. Allí también está Carlos Pareja, exministro de Hidrocarburos.

La vía internacional es una de las que se contempla y otra, la ya anunciada por los abogados del exvicepresidente de Ecuador: acogerse al procedimiento jurídico contemplado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) conocido como 60/40. En definitiva, cumplir el resto de la condena fuera de la prisión. Él se entregó a la justicia el viernes 20 de mayo. Se encontraba en la provincia del Guayas.

La búsqueda arrancó nuevamente luego de que la Corte de Santa Elena declarara la nulidad del hábeas corpus con el que Glas recuperó la libertad, el pasado 10 de abril. Quedó sin efecto todo lo actuado por el juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Manglaralto, Diego Javier Moscoso Cedeño, “por falta de competencia en razón del territorio en la tramitación de la causa”. Así se detalla en la resolución de la Corte.

A decir de Marco Jurado, experto en derechos humanos y director de la Fundación Inccadi, la nulidad tenía que darse por fallos procesales y habla de engaño al pueblo con el manejo de la justicia.

La penalista Lissette Pardo concuerda con que hubo fallas sobre el hábeas corpus, pero, a la par, alude a que el proceso para que Glas regrese a prisión tiene un tinte político.

Entre las razones: la celeridad para la nulidad de la medida sustitutiva. Uno de los caminos que le quedan: la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El dictamen de la Corte de Santa Elena también contempla oficiar a la Fiscalía General del Estado, “a fin de que se investigue la conducta de todos aquellos funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractora SNAI que intervinieron dentro de la presente causa”.

Se sumó que se debe remitir el expediente a la Sala de Sorteos de Latacunga para que un juez conozca y resuelva la causa. Glas debía volver a la cárcel ubicada en la localidad, sin embargo, se indicó que fue a la 4 por motivos de seguridad.

El penalista y catedrático universitario, Mauricio Pacheco, explica que la prelibertad es una posibilidad para el exvicepresidente, sobre el que pesan dos sentencias en firme: caso Sobornos y el de la constructora brasileña Odebrecht. Hay otra por el tema Singue que está en apelación.

La defensa de Glas ya ha buscado la unificación de las penas para poder tramitar dicha medida. No obstante, al no haber una sentencia ejecutoriada del último proceso, los pedidos no han dado frutos.

La suma de condenas superaría los 20 años. Para la prelibertad se tomaría como referencia la más alta de estos casos. En los delitos cometidos antes del 2014, con el anterior COIP, las personas debían cumplir el 40% de la pena para aplicar y luego de ese año, con la nueva normativa, el 60%.

Pero, aun cuando se barajan varias posibilidades, el constitucionalista André Benavides explica que la puerta del hábeas corpus no se ha cerrado. El juez que tenga la competencia de conocer el caso va a sustanciar y tomar una decisión.

No queda ahí: el caso puede ser susceptible de una acción extraordinaria de protección a través de la Corte Constitucional. Claro que esto no suspende los efectos de lo actuado por las instancias en Santa Elena y, por consiguiente, Glas debe continuar tras las rejas.

La Corte Constitucional puede actuar de oficio, seleccionar, revisar el caso y, de manera directa, definir si las decisiones han sido las adecuadas. Benavides detalla que, además, el personaje político podría presentar un recurso de revisión para que la justicia en el ámbito penal determine. Esto demoraría y es compleja, más aún, con un proceso aún en apelación.

En este camino, la Embajada de Alemania informó la semana pasada que Glas cuenta con la nacionalidad de ese país y la ecuatoriana. Según los expertos, al haber cometido los delitos por los cuales fue sentenciado en Ecuador, este detalle no genera un efecto directo en el proceso. Lo que sí, la entidad podría estar vigilante para que se cumpla el debido proceso.

Visiones

Luis Saavedra, coordinador Inredh: ‘Podrá acudir a varias vías, pero el daño no se reparará’

En Inredh (organización de derechos humanos) no creemos en la cárcel, no creemos que sea un centro de rehabilitación, no se repara el daño causado. En ese sentido, Jorge Glas puede regresar a la cárcel pero no repara el daño que ha causado al Estado y el erario público. No es un elemento que garantice esa reparación. Como sociedad no hemos encontrado una vía alternativa. El señor podrá pasar 100 años en la cárcel y no vamos a encontrar el dinero. El hábeas corpus es una garantía para salvaguardar la integridad personal, la libertad. Y la Corte Constitucional ha establecido parámetros muy claros respecto de cuándo se puede otorgar. En el caso de Glas no se aplicaron.

Emilio Suárez, abogado constitucionalista: El caso podría llegar hasta la Corte Constitucional

Jorge Glas, dentro de 20 días (laborables) después de la sentencia de la Corte de Santa Elena, puede interponer una acción de protección extraordinaria ante la Corte Constitucional. El día uno sería el próximo martes. Pero seguiría en prisión. Sin embargo, si alguna de las partes procesales propone un recurso de aclaración o ampliación, que debería ser en Santa Elena, habría que esperar a que se resuelva y desde ahí correría el plazo para la acción. Aunque no habría mayor fundamento para esta, es el derecho de todos. Podría durar entre tres y cuatro años. No es eficaz si quiere salir antes de la cárcel. Y la Corte Constitucional podría dictar una sentencia de fondo, analizar el caso y eventualmente conceder el hábeas corpus. Es poco probable.

Suplementos digitales