Las dos agrupaciones familiares desarticuladas la madrugada del lunes en Quito tendrían vínculos, según Inteligencia de la Policía, con el crimen organizado. El ministro del Interior, José Serrano, informó que los grupos son indagadas por un delito grave. “La sentencia deber ser ejemplar y procesarlos por lavado de activos”, dijo.
24 posibles líderes de las agrupaciones fueron detenidos anteayer en un operativo desplegado en La Colmena, El Panecillo, Santa Anita, Dos Puentes y La Marín, centro de Quito.
Según los grupos de élite de la Policía que intervinieron en el operativo, los USD 30 000 que fueron hallados en uno de los siete vehículos decomisados durante los allanamientos a 33 inmuebles son investigados. Los sospechosos son indagados “por diferentes actos de usura e intimidación en varios sectores de la ciudad, principalmente en los mercados”, dijo ayer un agente de la Unidad de Lucha contra el Crimen Organizado (Ulco).
Un morador de La Colmena indicó que una de las bandas se dedicaba al cobro violento de deudas a personas que no podían pagarlas. Por ese motivo, dijo, “los vecinos de este barrio hemos tenido temor para denunciar”.
Los sospechosos (se suman 20 personas, consideradas por la Policía de segundo nivel en los grupos) se encuentran detenidos. Los posibles líderes fueron llevados del cuartel del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), en Quito, al Centro de Rehabilitación Social de Santo Domingo de los Tsáchilas.
En la Policía se informó que las organizaciones serían las responsables de robos violentos en vehículos y viviendas del norte y de los valles de Tumbaco, Cumbayá y Los Chillos, oriente de la urbe.
Serrano dijo que los capturados debieran ser castigados por lavado, para lograr penas fuertes. Por usura, la máxima sanción es tres años, según el artículo 585 del Código Penal ecuatoriano.
Lo que dice la Ley
El lavado de activos se sanciona con prisión de 1 a 5 años cuando se manejan fondos ilícitos de hasta USD 50 000 (artículo 15 de la Ley de Lavado).
La asociación ilícita se sanciona con cárcel de 3 a 6 años cuando busca perpetrar delitos con pena de reclusión mayor (artículo 370 del Código Penal).