Entrevista con André Rangel, encargado de campañas del movimiento de DD.HH. Amnistía Internacional. Rangel se refiere a la masacre de 79 presos en cuatro cárceles de Ecuador.
A escala internacional, ¿podría el Estado ecuatoriano enfrentar consecuencias si no responde por la matanza carcelaria del pasado 23 de febrero?
Sí, de hecho, los sistemas internacionales de protección de derechos humanos ya fueron activados. El 23 de febrero, las autoridades ecuatorianas incumplieron su obligación de garantizar la vida, la integridad personal y otros DD.HH. de personas que estaban bajo su custodia. Es su deber garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la reparación para las víctimas y atender los problemas estructurales que afectan al sistema penitenciario y que provocaron una tragedia como esta. Si no lo hacen, seguirá existiendo el riesgo de que estos hechos se repitan.
¿Qué pueden hacer los afectados y la sociedad?
Tienen la posibilidad de recurrir, además del sistema de justicia ecuatoriano, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la Corte Interamericana de DD.HH, y al sistema universal de derechos humanos, representado por la Organización de las Naciones Unidas. Ahora, Amnistía Internacional y la CIDH han condenado lo ocurrido el 23 de febrero y han llamado a las autoridades de Ecuador a investigar los hechos, a proteger a las personas privadas de la libertad y a atender los problemas estructurales que existen en el sistema penitenciario.
¿Cuál es la responsabilidad que tienen los Estados con los detenidos?
Bajo el derecho internacional, todas las personas privadas de la libertad tienen derechos humanos, desde aquellas que se encuentran en prisión preventiva hasta aquellas sentenciadas por cometer un delito. Las autoridades ecuatorianas tienen la obligación de garantizarlos. El instrumento principal que establece estas obligaciones son las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos de 1955, que fueron actualizadas en 2015 con el nombre de Reglas de Nelson Mandela.
¿Cuáles son esas reglas?
Estas reglas están basadas en la obligación general de tratar a las personas privadas de la libertad con respeto por su dignidad inherente y su valor como seres humanos, además de la prohibición de la tortura y otros malos tratos. Esas reglas establecen un amplio espectro de obligaciones, como garantizar la vida e integridad personal de los prisioneros en todo momento, la de separarlos por género, edad, antecedentes penales y razones legales de detención; y la de evaluar y cuidar su salud física y mental.