18 sentencias por femicidio son los datos publicados en el Análisis Penológico del Femicidio en el primer año de su tipificación en las leyes del Ecuador. Foto: EL COMERCIO
Desde la creación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), los tribunales ecuatorianos han dictado 18 sentencias por femicidio. Son los datos que maneja la Fiscalía General del Estado (FGE) y que fueron publicados en el Análisis Penológico del Femicidio en el primer año de su tipificación en las leyes nacionales.
Los datos considerados en este análisis van desde el 10 de agosto del 2014 hasta el 10 de agosto del 2015. En ese lapso de tiempo hubo 45 casos de femicidio en el país. De estos delitos, 21 se cometieron en la Costa, 18 en la Sierra y seis en la Amazonía.
En Pichincha, por ejemplo, cinco casos. En estos delitos terminaron las vidas de mujeres de 21, 37, 49, 18 y 15 años. Los crímenes fueron perpetuados por un amigo, novio o pareja, ex novio o ex pareja, ex conviviente y padrastro, respectivamente. Hasta febrero del 2016 solo uno de estos cinco casos recibió una sentencia condenatoria.
De los 45 casos encontrados, seis han sido extinguidos en su acción penal por el suicidio de los criminales. 13 se encuentran en fase de investigación previa, que según el COIP es “fase de investigación previa anterior al procedimiento penal ordinario propiamente dicho. Para nuestro análisis y recolección de información, a esta fase hemos denominado pre procesal”.
Y 26 femicidios llegaron a proceso penal, este número incluye la sumatoria de casos que se encuentran en instrucción fiscal, evaluación y preparatoria de juicio y casos ya fueron a juicio y recibieron una sentencia.
Hasta febrero de este año, 18 casos recibieron sentencia y uno se encuentra en proceso de juicio. Las sentencias dictadas van desde los 26 años de privación de la libertad hasta los 34 años y ocho meses de reclusión.
Al mediodía de este viernes 13 de mayo del 2016, en el salón de conferencias 3 de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), se llevó a cabo una mesa de debate sobre El delito de femicidio a un año de vigencia del COIP.
Como ponentes participaron integrantes de la Fiscalía que formaron parte del equipo que produjo el Análisis penológico del femicidio. Santiago Argüello, director de política criminal; Aidé Peralta, asesora de política criminal; y el fiscal Eduardo Estrella.
Argüello comentó que en varias ocasiones se ha solicitado a esta entidad cifras sobre la aplicación del contenido penal de este delito pero han preferido lograr un consolidado antes de hacerlo público. Este conjunto de cifras fueron publicados en el Análisis.
Además, los funcionarios dieron a conocer las cifras que pertenecen a un sistema de información construido por la FGE en conjunto con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades), el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y el Ministerio Coordinador de Seguridad.
Peralta, por su parte, explicó que el femicidio es la muerte violenta de mujeres por razones de género en cualquier condición. Mientras que el feminicidio es una variación del término para demostrar que la muerte de las mujeres es la muestra del abandono de del Estado, añadiendo la impunidad.
Las razones por las que era necesario tipificar en el COIP son que la sociedad patriarcal todavía existe, las mujeres mueren por razones de género y esto se constituye un acto de violencia y discriminación y que el Estado está obligado a garantizar el derecho a la vida de las mujeres.