Era la primera vez que viajaba en avión. José Z. (identidad protegida) estaba nervioso. Se frotaba las manos y entró al baño cinco veces para mojarse la cara. Eran las 05:00 del 24 de febrero del 2005. En la sala de preembarque del aeropuerto internacional Mariscal Sucre esperaba el vuelo de Quito a Ámsterdam (Holanda).Llevaba una pequeña maleta de mano. Fue el último de la fila para chequear pasaje. Dos agentes encubiertos lo interceptaron; pidieron que los acompañara a una sala. Le preguntaron para qué viajaba, sitio de hospedaje y con quién se iba a contactar.
De pronto, un policía le levantó la camisa y descubrió que sobre el abdomen llevaba adheridos paquetes de cocaína. Eran 1 800 gramos. José Z. fue detenido y sentenciado a 12 años de prisión en el Penal García Moreno, el panóptico más grande del país, que alberga a 598 presos.
Pese a la condena, salió libre a los cuatro años y dos meses. Esto después de que el 4 de julio del 2008 la entonces Asamblea Constituyente, reunida en Montecristi, aprobara un indulto para las personas o mulas que habían sido detenidas con menos de dos kilogramos de droga y que ya cumplían sentencia. Según el Ministerio de Justicia y la Defensoría Pública, la disposición implicó liberar a 1 153 prisioneros.
Cuando los agentes lo descubrieron, José Z. dijo que era consumidor. Con eso buscaba que no lo arrestaran. En Ecuador, los consumidores no pueden ser detenidos aunque existe un vacío legal: no se determina la cantidad de droga que pueden portar.
Según el artículo 32 de la Ley 108 (Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas), vigente desde el 17 de septiembre de 1990, “ninguna persona será privada de su libertad por el hecho de encontrarse bajo los efectos de sustancias sujetas a fiscalización”. En esos casos, la ley determina que el supuesto acusado sea llevado a un centro de ayuda.
Al finalizar las investigaciones, José Z. reconoció que traficaba cocaína. Fue internado en el pabellón B del Penal de Quito, en el centro. En el artículo 62 de la ‘Ley 108’ se determina que la posesión ilegal de drogas será sancionada con penas de entre 12 y 16 años de reclusión mayor extraordinaria (por reincidencia la sanción puede llegar a 25 años).
Dos años después de permanecer encarcelado, José Z. supo que su esposa estaba embarazada. A su hija la conoció a los seis meses de nacida. Cuando estuvo recluido, escuchó tres veces sobre una posible legalización del consumo de drogas. En Ecuador no se han realizado debates ni reformas legales en torno al tema.
La discusión solo ha llegado de forma aislada a centros educativos. Esto, pese a que el Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) reveló que en Ecuador se redujo la edad de consumo de 13 a 12 años, según una encuesta nacional a 280 496 personas.
José Toapanta es docente del colegio Santiago de Guayaquil, de Quito. Hasta julio, él y sus alumnos participaron en charlas sobre el tema, aunque admite que la iniciativa no abarcó al sistema educativo de forma integral. Este año, el Ministerio de Educación emprendió un proyecto piloto de prevención del consumo en 48 planteles de Quito, Guayaquil, Cuenca y Manta, ciudades con más consumo de drogas. Pero no se conoce su impacto frente a los datos de la encuesta del Consep.
En los colegios privados masculinos de Quito y de Cuenca se consume mayormente marihuana. La Dirección Nacional de Policía Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) sostiene que ejecuta programas de apoyo y capacitación en los colegios del país. Pero advierte que no puede entrar a los colegios y hacer requisas o dar charlas, porque la ley no lo permite.
Ha pasado un año desde que José Z. salió de la cárcel. Es subempleado; hace tres semanas dejó de trabajar como guardia de seguridad. Los turnos nocturnos le impedían ver a sus dos hijos. Va a probar suerte como obrero en una construcción.