Las Unidades de Niñez atienden a niños mientras sus padres realizan trámites. Foto: Pavel Calahorrano / EL COMERCIO
La citación era el punto en donde más se demoraban los juicios de alimentos. Así lo reconocen jueces de Familia, quienes manejan este tipo de demandas.
Por eso, el Código General de Procesos (Cogep), vigente desde el 23 de mayo, contempla alternativas para que los procesados puedan conocer que se ha iniciado una demanda en su contra, pese a que no se conozca con certeza su exacta ubicación.
Uno de los medios más novedosos para informar las causas, que trae la nueva ley, es la radio. Por este medio se podrá avisar a los procesados para que comparezcan en los procesos de forma oral.
Antes del Cogep solo existían dos alternativas para dar a conocer los procesos: una era la publicación en periódicos y otra por medio de courier.
Esta última era la más utilizada. Sin embargo, al no tener una correcta dirección de domicilio o de lugar de trabajo, era poco efectiva, los correos rebotaban la notificación.
Lo mismo ocurría en los casos de los padres que estaban en el extranjero. Por eso, también se implementó el aviso de las demandas por medio de las embajadas del país.
El Cogep faculta que estas dependencias bajo comunicados puedan informar el inicio de procesos en el Ecuador.
Con estas alternativas, se intenta evitar el retraso de los juicios y que el procesado pueda ejercer una defensa.
En el 2015, a escala nacional se resolvieron 244 949 causas sobre mujer, familia, niñez y adolescencia. Entre esos casos están los juicios por pensiones alimenticias.
Antes, la falta de mecanismos de citación originaba que al no existir un responsable, las demandas sean emprendidas en contra de los padres y hermanos de los procesados.
Es así como hasta septiembre del 2014 fueron detenidos 320 abuelos y tíos de niños cuyos padres no pagaban.
Pero con el Cogep, esto también cambió, pues se derogó esa normativa y ahora únicamente quienes pueden ir a la cárcel son los padres o madres que no han cumplido con las pensiones alimenticias durante dos meses.
Además, la nueva norma establece tiempos determinados para las citaciones. Por ejemplo, en el caso de las publicaciones por medio de prensa, se estipula que se debe realizar tres avisos en distintas fechas. En la publicación constará un extracto del escrito de la demanda original.
En el caso de los avisos por radios, el Cogep especifica que se debe realizar tres mensajes entre las 06:00 y 22:00.
En las dos alternativas, la persona que demanda deberá presentar al juez, las pruebas que indiquen que se realizó el aviso por los respectivos medios de comunicación.
Luego se contabilizará 20 días a partir de la última notificación comenzará el término para contestar la demanda.