El detenido está procesado por presunto contrabando y omisión de control para lavados de activos. Foto referencial: Pixabay
La Fiscalía procesó a un ciudadano que intentó sacar del Ecuador tres barras de oro escondido en su equipaje. La acción fue impedida por personal del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) en el Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo de Guayaquil.
Este lunes 21 de septiembre del 2020 la Fiscalía informó que personal de la Senae, que labora en la zona de salida del aeropuerto, detectó un comportamiento extraño de Mauro Patricio A. I., por lo que realizó una inspección corporal y de equipaje. El hombre, ahora procesado, pretendía viajar a Nueva York (Estados Unidos) el viernes último.
El ciudadano negó estar transportando algo inusual, sin embargo, tras la inspección, se encontró en sus maletas tres barras metálicas de oro, con pesos de 216, 327 y 677 gramos, un total de 1 220 gramos, valoradas en USD 83 900.
Mauro Patricio A. I. no pudo justificar la procedencia del oro, así como la razón por no haberlas registrado en su declaración aduanera, fue puesto a órdenes de las autoridades judiciales y trasladado a la Unidad de Flagrancia de Guayaquil.
En la audiencia de flagrancia, en la Unidad Judicial Cuartel Modelo, la fiscal Belinda Lomas presentó los elementos de convicción que harían presumir el cometimiento del delito de contrabando por parte del ahora procesado, entre estos: el parte de aprehensión, el informe elaborado por el cuerpo de vigilancia de la Senae y los 1 220 gramos de oro, repartidos en tres barras.
La jueza de Garantías Penales, Ruth Ronquillo Pérez, acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra Mauro Patricio A. I. y dispuso que la instrucción fiscal termine en treinta días.
Este caso fue procesado con base en el artículo 30, numerales 1 y 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el 319 del mismo cuerpo legal, agrega el comunicado.
El artículo indica que la persona que evada el control y vigilancia aduanera sobre mercancías, cuya cuantía sea igual o superior a diez salarios básicos unificados del trabajador (USD 4 000), será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años y una multa de hasta tres veces el valor en aduana de la mercancía objeto del delito, cuando esta ingrese clandestinamente al territorio aduanero y sea ocultada en naves, aeronaves, vehículos, entre otros, sin que hayan sido sometidos al control aduanero respectivo.