En Huaquillas, en la frontera sur, el contrabando del gas licuado es común por los precios altos en Perú. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El contrabando de combustible o cualquier derivado hidrocarburífero se sancionará según cuatro escalas: mínima, mediana, alta y gran. Las penas también son graduales, van de dos meses a cinco años de cárcel.
Esta es la principal reforma que hicieron los asambleístas, en diciembre del 2019, al artículo 264 del Código Integral Penal (COIP).
Durante el debate del texto, los legisladores plantearon la necesidad de graduar las sanciones, pues en las cárceles del país había personas sentenciadas hasta con siete años de reclusión por contrabandear un tanque de gas o una mínima cantidad de gasolina.
Antes, el COIP tenía penas que iban de cinco a siete años de prisión para quienes trafiquen o venden ilegalmente este producto en las provincias fronterizas.
El 30 de diciembre, luego de la aprobación de la reforma, el presidente Lenín Moreno indultó a ocho personas que fueron sentenciadas por contrabando de combustibles en Carchi. Entre los beneficiarios estaban dos colombianos, quienes volvieron a su país.
Los Cambios
Las escalas para sancionar el contrabando de combustibles son cuatro.
Mínima escala: se penaliza con cárcel de dos a seis meses.
Mediana escala: va de seis meses un día a un año de reclusión ordinaria.
Alta escala: la condena es de un año y un día hasta tres años de prisión.
Gran escala: va de tres a cinco años.
La norma no está vigente aún, pues primero se debe elaborar una tabla en el que consten las cantidades, en litros, para cada escala.
En septiembre, los asambleístas aprobaron que en las comunidades de frontera y zonas de difícil acceso no se sancionaría el contrabando. Pero tras el veto del Ejecutivo, actualmente mantienen la regulación penal para todo el territorio.